La SIC negó la solicitud de Coffe Col porque en el estudio de irregistrabilidad se encontró una marca de oficio que precedía la solicitud
14 de junio de 2025Signo Opositor
Signo Solicitante

Si hay un gremio que no para de presentar oposiciones a registros de marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, ese es la Federación Nacional de Cafeteros, Fedecafé.
Esta vez, la entidad gremial de los cafeteros se opuso a la solicitud que hizo Coffe Col al órgano de control, para registrar la marca ‘Raigal Colombian Coffe’, y así distinguir productos en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Aunque entre los argumentos que Fedecafé presentó para negarse al registro del signo solicitado estaba la protección a la denominación de origen de las expresiones ‘Café’ y ‘Colombia’, la SIC declaró infundada la oposición.
Sin embargo, también negó el registro solicitado porque en el estudio encontró una marca de oficio que contenía la expresión ‘Raigal’, que hace parte de una lechonería.
Teniendo en cuenta que el signo solicitado y la marca registrada pertenecían al mismo mercado de consumo, y que la expresión nominal era la misma, el órgano concluyó que no podía registrar ‘Raigal’.
Luego de la oposición, Coffe Col cambió la solicitud de marca y modificó el signo a ‘Raigal Colombian Flavors’, pero el órgano de control señaló que la nominación principal, que incluso hacía parte de su logo, podría ser confundida o asociada con el signo antecesor registrado.
“Un signo susceptible de acarrear riesgo de confusión frente a un signo previamente registrado o solicitado en registro estará incurso en la causal de irregistrabilidad”, señaló la dirección en la resolución.
Andrea Donato, socia y fundadora de Consulting Group Marado, explicó que por casos como estos “es importante que las empresas busquen antecedentes antes de solicitar el registro de un signo”.
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