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viernes, 6 de agosto de 2021

La ONG rural afirmó que el uso a título informativo requiere la previa autorización de la entidad competente encargada de otorgarla

Ante la Superintendencia de Industria y Comercio, se presentó Jesús Alberto Pérez Mesa con la intención de registrar la marca Tapartó Aroma de Café Taparto Smell of Coffee (mixta) que pretendía identificar productos comprendidos en la categoría 30 y 43 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota bebidas de café.

Posterior a la solicitud de registro, la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, presentó un escrito de oposición contra el registro solicitado con fundamento en las causales de irregistrabilidad establecidas, contempladas en los literales i) y j) del artículo 135 la Decisión 486 de 2000.

Federacafé aseguró que la marca solicitante hace referencia a una zona cafetera en el Departamento de Antioquia, conocida por su importante actividad caficultora en el país. “El signo solicitado se encuentra incurso en la causal de irregistrabilidad referida, de cuya aplicación adecuada depende el correcto uso y protección de la Denominación de Origen”, señaló la marca opositora.

Por otra parte, la marca aseguró que no debe perderse de vista que la denominación de origen son derechos de carácter colectivo de titularidad del Estado, porque resulta “de fácil identificación, reconocimiento y asociación con el café de Colombia, por parte de la a comunidad cafetera y conocedores del café”, sentenció el gremio.

Dentro del término concedido, el titular de Tapartó Aroma de Café aseguró que no hay facultad que no le permita usar la expresión Tapartó cuando el producto es elaborado en dicho territorio. Así mismo, aseguraron que no hay similitud desde el punto de vista gráfico porque “la marca objeto de registro es de naturaleza mixta conformada por una parte denominativa que está acompañada por la imagen de unas montañas en medio de las cuales sale humo”, afirmó la marca solicitante.

Luego de un análisis comparativo, la SIC determinó que se puede establecer que la denominación de origen Café de Colombia se encuentra debidamente protegida, puesto que “esta expresión se refiere a una zona territorial colombiana que se utiliza para designar un producto (café) con unas características especiales”.

Por esta razón, la Superintendencia de Industria y Comercio negó la oposición interpuesta por Federacafé y aceptó el registro de la marca Tapartó Aroma de Café (Mixta) en la clase 30 y 43 internacional.

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