An employee holds a glass flask in the oncology research laboratory at the Bayer AG pharmaceutical division factory in Berlin, Germany, on Wednesday, March 20, 2019. Bayer reports earnings on April 25. Photographer: Krisztian Bocsi/Bloomberg

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  • Alexis Posso

martes, 9 de julio de 2019

La marca solicitada, Tecnomed, era tramitada para identificar productos farmacéuticas incluidos en la clase 5 Internacional de Niza

La Dirección de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio fue el escenario para un nuevo enfrentamiento por el registro de una marca.

Esta vez, el turno fue para Zodiac International Corporation quien presentó su oposición al tramite de registro de la marca Tecnomed adelantado por la farmacéutica Tecnoquímicas S.A. Al final, Zodiac logró frenar el registro del signo solicitad.

De acuerdo con lo señalado por la oposición el recurso tiene su fundamento en las causales de irregistrabilidad contenidas en los artículos 135, literal B y 136, literal A, de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

“La sociedad Tecnoquímicas S.A., procedió a solicitar el registro “Tecnomed” como marca mixta con el presumible fin de obstaculizar el registro de la marca Tecnomet, para distinguir un producto antineoplásico y/o inmunomodulador, solicitada por mi poderdante Zodiac International Corporation” , dijo el equipo legal de la empresa opositora.

No hay que perder de vista que la marca Tecnomed, solicitada por Tecnoquímicas, fue solicitada para identificar productos incluidos en la clase 5 de la Clasificación Internacional de Niza, que incluye agentes de acción retardada tales como “comprimidos que permiten la liberación controlada de ingredientes activos de una amplia gama de productos farmacéuticos; guayacol para uso farmacéutico; jarabes para uso farmacéutico; lociones para uso farmacéutico, pastillas y otra variedad de productos para uso farmacéutico e ingesta o aplicacación humana”.

“Cuando Tecnoquímicas S.A. advirtió sobre solicitud de la marca Tecnomet a nombre de mi representada, además de presentar oposición a dicho registro con base en la marca que no usaba, procedió a solicitar la concesión de la marca mixta “Tecnomed” mixta que ahora nos ocupa, con el propósito de revivir el término de tres años para su empleo”, aseguró el equipo legal de la oposición.

En razón de un intento previo de registrar la marca, Tecnoquímicas había retirado una solicitud similar en 2016.

“Al ser anterior la solicitud del signo mixto Tecnomed a la fecha de radicación de la cancelación por no uso, se debe negar el registro de Tecnomet”, se defendió la empresa que tramitaba el signo.

Finalmente, la solicitante argumentó que desde la perspectiva del análisis marcario, “no existe coincidencia o similitud alguna de los elementos accesorios de la marca solicitada, respecto de la marca opositora por lo cual debe descartarse de plano cualquier riesgo de confusión y aplicación de la causal de irregistrabilidad del artículo 136 literal a) de la Decisión Andina 486 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones” cita la resolución.

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