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Marcas

Marca El Cangrejo Azul no pudo registrarse en la Superindustria

El signo pretendía distinguir productos y servicios consignados en las categorías 9, 35, 41 y 44 de la Clasificación Internacional de Niza.

07 de febrero de 2019

Alexis Posso


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio a través de su Dirección de Signos Distintivos, negó el registro a la marca El Cangrejo Azul, que fue solicitada por la ciudadana, Sandra Lysseth Roncancio Molano.

El signo pretendía distinguir productos y servicios consignados en las categorías 9, 35, 41 y 44 de la Clasificación Internacional de Niza.

La solicitud de Roncancio fue objeto de oposición por parte del colectivo raizal Providence Sweet Black Crab Association, quienes argumentaron la reproducción parcial de la marca Black Crab Providence o Cangrejo negro de providencia, de la cual es titular.

“La expresión es una denominación de origen colombiana, debidamente solicitada y la cual designa un producto típico de la Isla de Providencia: el cangrejo negro, sus partes y sus preparaciones”, indicó la asociación en su respuesta legal.

Presentada la oposición, la solicitante del signo El Cangrejo Azul no dio respuesta a la misiva en los tiempos estipulados, por lo que el caso fue derivado a estudio por la Dirección de Signos Distintivos.

Superindustria procedió a realizar el examen de registrabilidad pertinente.
El organismo encontró que la expresión El Cangrejo Azul no vulnera la denominación de origen por cuanto la expresión “cangrejo” y el uso de un color no necesariamente reproduce, imita o evoca elementos de tal instancia.
Sin embargo, se determinó que, aunque no existe reproducción, sí existe riesgo de que el consumidor asuma que los productos ofrecidos tienen como base a la especie crustáceo Cangrejo Azul.

El abogado especialista en Derecho de Autor, Edgar Iván León Robayo, docente de la Universidad Sergio Arboleda y socio de la firma Kmj Legal, consideró que dado que la marca solicitada corresponde al nombre común de una especie animal, no es legítimo conceder este signo por sus implicaciones ambientales.

En efecto, la Superindustria declaró infundada la oposición de Providence Sweet Black Crab Association y negó el registro solicitado por Sandra Roncancio.

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