Foto por: Totto

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  • Alexis Posso

martes, 21 de mayo de 2019

La Superindustria determinó que el signo objeto de la solicitud estaba comprendido en causal de irregistrabilidad

La Comercializadora Totus Tuus S.A.S , solicitó el registro de la marca mixta Totus Tuus a la Superintendencia de Industria y Comercio para distinguir productos comprendidos en las clases nueve y 16 de la Clasificación Internacional de Niza, mismas que incluyen aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos y fotográficos; y papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, respectivamente.

La Superindustria determinó que el signo objeto de la solicitud estaba comprendido en la causal de irregistrabilidad establecida en el Artículo 136 literal H de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, por lo que no pudo ser registrado.

Según lo publicado en la Gaceta de Propiedad Industrial No. 828, la empresa Essential Export S.A, titular de las marcas Totto y Totto Tú, presentó oposición con fundamento en las causales de irregistrabilidad por falta de distintividad, confundibilidad con la marca registrada.

Essential argumentó que ambas marcas al ser pronunciadas generan un sonido “casi idéntico, toda vez que la forma de articulación resulta ser casi igual y el público consumidor puede atribuir, en contra de la realidad de los hechos, a dos productos diversos que se le ofrecen, un origen empresarial común”.

Seguidamente, Essential aseguró que “la marca Totto incluye los mismos productos que pretende incorporar el signo Totus Tuus, pues comparten los mismos productos ópticos, ordenadores, aparatos para la producción, transmisión, reproducción de sonidos o imágenes y los mismos aparatos o instrumentos fotográficos”.

Por su parte, la empresa solicitante, Comercializadora Totus Tuus S.A.S, dio respuesta a la oposición argumentando: “reconsidérese la diferencia simbólica, conceptual , ideológica, gráfica que existe entre los signos enfrentados , máxime si se tiene en cuenta que el arte o logo es una marca inspirada en los códigos del cristianismo originado en un pez dibujado en sentido contrario, mientras que la expresión de Totto ,tienen un fuente o letras especiales que denotan originalidad y autenticidad”.
Totus Tuus insistió que su signo tramitando es distinguible por su caracteres diferenciadores permitiendo, así legalmente coexistir en el mercado, con la marca de mi poderdante. Tal y como se observa, son totalmente diferente en sus forma, color, fuente o tipo de letra y aspectos que acompañan la expresión”, finalizaron.
El analista en terma marcarios y experto abogado, Eduardo Guzmán, socio en la firma Seneor Lawyers, dio su opinión frente al fallo de la SIC.
“La protección a las marcas notorias es importante tanto para el empresario que ha posicionado su marca gracias a sus enormes esfuerzos, como para proteger al público consumidor de cualquier asociación o vinculación de la marca conocida con una nueva marca”, aseguró el experto Guzmán en diálogo con Asuntos Legales.

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