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miércoles, 20 de abril de 2022

Tecnoquímicas presentó oposición argumentando que la solicitada es similar a la marca que tiene registrada y podría generar confusión

Genfar S.A. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Genfar Minoxidil Forte 5% (Mixta) para distinguir productos comprendidos dentro de la clase 5 de la clasificación Internacional de Niza, que denota productos farmacéuticos.

Luego de la solicitud, Tecnoquímicas S.A. presentó oposición argumentando que la marca Minoxidil Forte MK 5% TQ tiene una clara notoriedad, ya que se ha posicionado como líder de ventas en el mercado de productos farmacéuticos.

Por esto, señaló que, en caso de que se concediera el registro del signo solicitado, los consumidores podrían presentar confusión, al relacionar ambos con un mismo origen empresarial.

“Existe una clarísima e innecesaria coincidencia entre los signos, lo que le resta aptitud distintiva al signo solicitado”, manifestó la defensa de Tecnoquímicas S.A.

Dentro del término concedido, Genfar S.A. dio respuesta a la oposición argumentando que los elementos gráficos del signo registrado son de uso común, ya que otros laboratorios también usan el color negro junto con la imagen de un folículo piloso. Por otra parte, argumentó que las marcas opositoras son genéricas y de uso común, ya que consisten en el nombre del fármaco llamado Minoxidil, cuya concentración también depende del género de la persona que se va a usar.

“De acuerdo con los lineamientos del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, una marca conformada por elementos de uso común será considerada débil y con un escaso poder de oposición, ya que en principio dichas partículas deben excluirse del cotejo marcario y no puede impedir que terceros hagan uso de ellas” argumentó Genfar S.A. para defenderse.

Luego de su análisis, la SIC concluyó que, si bien existen algunas diferencias en el elemento nominativo del signo, la parte gráfica es muy importante para ambos y estos incorporan trazos semejantes que harían que el consumidor los confunda, asociándolos con un mismo origen empresarial.

“Es posible observar que las marcas cotejadas comparten las siguientes características: i) recuadro negro sobre el que se contiene el signo, ii) folículo negro ubicado en la parte inferior que sobresale de una superficie de color claro de manera curva y alargada, iii) tipo de letra y color de fuente.” dijo la SIC.

Por otra parte, la Superindustria no reconoció la notoriedad de la marca opositora, ya que las pruebas aportadas por la compañía resultan insuficientes para probar la notoriedad.

Por lo anterior, la SIC declaró fundada la oposición interpuesta por Tecnoquímicas S.A. y negó el registro de la marca Genfar Minoxidil Forte 5%.

LOS CONTRASTES

  • Juan Carlos Uribe Restrepo Abogado en Triana Uribe & Michelsen

    "Es una buena decisión por parte de la Superintendencia si bien no se declara la notoriedad si se prueba una relavancia comercial y similitud suficiente para productos afines."

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