Foto por: La Casa de Papel

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  • Alejandro Valencia

sábado, 24 de noviembre de 2018

La entidad declaró infundada la oposición interpuesta por Educativa Ediciones, quien alegó riesgo con su marca Colección Torre de Papel

En la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se enfrentó el gigante estadounidense que proporciona streaming de contenido multimedia, Netflix Studios, contra Educativa Ediciones. El pleito comenzó con la solicitud que hizo Netflix para distinguir la marca La Casa de Papel en las Clases 9, 16, 25, 28 y 41 de la Clasificación Internacional de Niza.

Frente a esto, Educativa Ediciones presentó oposición al considerar que el signo solicitado pone en peligro injustificado el prestigio de la marca Colección Torre de Papel porque generaría riesgo de asociación y confusión. Sin embargo, la Dirección de Signos Distintivos declaró infundada la oposición y concedió el registro a Netflix.

Al respecto, Eduardo Cabrera Gordillo, socio de Sergio Cabrera Abogados, argumento que la decisión “es acertada a pesar de compartir la denominación genérica “papel” en los signos en conflicto, no existe una similitud suficiente para provocar una real confusión entre los signos confrontados capaz de generar un riesgo de confusión o de asociación en el consumidor”.

Netflix le respondió a la sociedad opositora que La Casa de Papel corresponde a una reconocida serie para adultos y, en esa medida, los consumidores al encontrar la marca en cualquier parte la asocian directamente a su origen empresarial. Esto, sumado a las diferencias gráficas de Colección Torre de Papel con la marca nominativa solicitada, eliminan cualquier riesgo de confusión.

Con estos argumentos, la SIC realizó su análisis comparativo entre las marcas. Allí la Dirección encontró que, a pesar de compartir la expresión “Papel”, dicha coincidencia se ve diluida por los demás elementos que conforman las marcas. Resolvió entonces otorgar a Netflix el registro, aclarando que contra dicha decisión, publicada en la Resolución No. 85387, procede el recurso de apelación ante el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo Cabrera GordilloSocio de Sergio Cabrera Abogados

    “La decisión es acertada a pesar de compartir la denominación genérica “papel” entre los signos en conflicto, no existe una similitud suficiente para provocar una real confusión entre los signos”.

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