26 de julio de 2024
Suscribirse


26 de julio de 2024
Suscribirse
Marcas

SIC declara notoriedad de Qbano y niega el registro de Sabor Cubano

A la solicitud se opusieron Carnes Frías Enriko y FSQ Group S.A.S argumentando la irregestrabilidad de la marca

22 de julio de 2019

Luz Karime Grajales Cardona


Canal de noticias de Asuntos Legales

Olmedo Gómez Galviz, solicitó el registro de la marca ‘Sabor cubano donde comer es más bacano’ ante la Superintendencia de Industria y Comercio para distinguir servicios de restaurantes y alimentos. A la solicitud se opusieron Carnes Frías Enriko y FSQ Group S.A.S argumentando la irregestrabilidad de la marca porque consideraban que carece de aptitud distintiva.

Carnes Frías Enriko alegaba en su oposición la presencia de la palabra ‘bakano’, sobre la cual consideran tener derechos pre existentes. Por lo cual aseguran, hay peligro de asociación y confusión para el consumidor.

Por su parte, FSQ Group S.A.S. como propietario de las franquicias de Sandwich Qbano y de las marcas El Sandwich Cubano y Qbano han usado el último signo páginas web e inversiones publicitarias por varios años, por lo que, se oponían a partir de la propiedad y antiguedad del signo. Esto hacía irregistrable la maca ‘Sabor cubano donde comer es más bacano’ debido a que el consumidor dificilmente lograría diferenciar los productos.

LOS CONTRASTES

  • Ángela AmayaSocia de Amaya Propiedad Intelectual

    “No basta con demostrar la notoriedad dentro de un proceso de oposición, es necesario que se demuestre la existencia de un riesgo de confusión entre el signo solicitado y la marca notoria, como dice la Ley”.

  • Julio Durán MontoyaAsociado de Del Hierro Abogados

    “La SIC ha reconocido la notoriedad de la familia marcaria de Sandwich Qbano en Colombia. Al negar el registro, otorga una protección coherente de la marca a la luz de la normatividad andina”.

Según FSQ Group S.A.S. la marca solicitada es idéntica en su aspecto ortográfico y gramatical con los signos Qbano y Cubano. La compañía buscó demostrar la notoriedad de las marcas opositoras y resaltar las cuantiosas inversiones realizadas a través de los años para penetrar el mercado.

Al respecto la SIC manifestó “esta Dirección encuentra que en el presente caso no se puede proteger la exclusividad sobre términos que de manera indefectible hacen alusión a la misma, ya que la apropiación en exclusiva por un único empresario causaría una desventaja a los demás al restringir el uso de un término necesario dentrodel sector”.

La SIC resolvió demostrar la conexión competitiva entre la marca solicitante y las marcas opositoras. Además, reconoció que las pruebas adjuntadas por FSQ Group S.A.S “demuestran que el empresario destina una cantidad importante de sus ingresos para dar a conocer la marca, lo que repercute en que los consumidores de los productos, en un importante porcentaje reconozcan la marca”. Es así como reconoció la notoriedad del signo estipulado y negar la solicitud de registro realizada por Olmedo Gómez Galviz para la marca ‘Sabor cubano donde comer es más bacano’.

Sin embargo, declaró infundada la oposición realizada por FSQ Group S.A.S y fundada la oposición interpuesta por Carnes Frías Enriko.

Para concluir con la negación del registro pero concediendo una victoria parcial para Sandwich Qbano, debido a que reconoció la notoriedad de la marca pero no consideró lo suficientemente fuerte la oposición realizada como para darle la misma prevalencia que otorgó a la otra marca opositora.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA