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Marcas

Terpel impidió el registro de QC Oiltech en la Superintendencia de Industria y Comercio

La compañía especializada en estaciones de servicio no dejó que la Superindustria inscribiera a la referencia QC Oiltech por su similitud con Oiltec

30 de agosto de 2017

Gabriel Forero Oliveros


Canal de noticias de Asuntos Legales

Desde que nació en Bucaramanga en 1968, con la apertura de 20 estaciones de servicio en el departamento de Santander, Terpel empezó a confeccionar una compañía que hoy se encuentra entre las cinco más vendedoras del país.

Su gestión comercial y empresarial la ha llevado a crear diferentes productos en distintos nichos de mercado ligado al sector automotor. Uno de ellos es el aceite Oiltec, que cuenta con más de cinco referencias diferentes el comercio y que fue el motivo por el cual la compañía tuvo que irse a un pleito marcario en la Superintendencia de Industria y Comercio, que finalmente ganó.

En marzo de este año, la firma, Química Caribe Ltda solicitó ante la Dirección de Signos Distintivos de la entidad la solicitud para registrar el signo QC Oiltech, de calidad nominativa para distinguir productos de la clase uno de la Clasificación Internacional de Niza, por lo que Terpel tuvo que presentar oposición con base en el fundamento en el literal b) del artículo 135 y los literales a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, puesto que esta referencia se parecía a su marca Oiltec.

Según el apoderado de Terpel, “QC Oiltech carece de distintividad extrínseca, en la medida en que no tiene la capacidad de diferenciarse frente a las marcas Oiltec de las cuales se distinguen similares productos a aquellos que el signo solicitado pretende distinguir. En este sentido, la marca no permitiría identificar con ninguna claridad a qué persona o empresa pertenecen los productos que se pretenden distinguir con esta (confusión indirecta), ni el producto específico que se esté adquiriendo (confusión directa), ocasionando un riesgo de confusión en el consumidor”.

Frente a esto, los representantes de Química Caribe Ltda señalaron que la marca que buscaban registrar se aplica como aditivo en fluidos de producción petrolera y estimulación de pozos, mientras que Oiltech es un lubricante para vehículos y motores.

En vista de la disputa, el despacho de la SIC decidió analizar la pruebas suministradas por las compañías, en las cuales se evaluaron campañas publicitarias y estudios de mercado, por lo que se probó un esfuerzo por parte de Terpel para posicionar Oiltec, pero no se concedió la notoriedad de la marca, que era un fundamento de oposición en el pleito, sin embargo sí decidió negar el registro QC Oiltech, porque afectaba indebidamente el derecho porque se asemejaba a la referencia previamente registrada.

LOS CONTRASTES

  • Catherine ZeaDirectora de ZEA Consultoría

    “Aunque la marca Oiltech no es notoria, es evidente que la concesión de la marca solicitada afectaría la distintividad de la marca de Terpel, por ser cercanas en el aspecto gramatical y fonético”.

  • Juliana EcheverriGerente General Managing Partner My Brand

    "Podemos apreciar una decisión completa de la autoridad que con razón declara confundibles las marcas Oiltec y QC Oiltech aún para clases de producto distintas pero relacionadas”.

Para Juliana Echeverri, gerente general de Managing Partner My Brand, dijo que este fue “un fallo muy interesante y juicioso de la Superintendencia en cuanto a temas como la confundibilidad de marcas y la dilución de la fuerza distintiva de las mismas. Podemos apreciar una decisión contundente y completa de la autoridad que con razón declara confundibles las marcas Oiltec y QC Oiltech aún para clases de producto distintas pero relacionadas”. En esto concordó Catherine Zea, directora de Zea Consultoría, quien dijo que “la concesión de la marca afectaría la de Terpel”.

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