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  • Esteban Feria

martes, 1 de junio de 2021

Las demandas aseguraban que el Senado desconoció el principio de separación de poderes, pues Cabello había sido ministra de Justicia

El Consejo de Estado negó las pretensiones de tres demandas presentadas en contra de la elección de la procuradora general de la Nación, Margarita Cabello, para el periodo de 2021 a 2025. Se concluyó y evidenció que los argumentos no cumplían los presupuestos para anular el cargo.

Las demandas aseguraban que el Senado habría desconocido el principio de separación de poderes, pues Cabello había sido ministra de Justicia desde junio de 2019 hasta agosto de 2020, por lo que estaba impedida para ejercer el cargo.

El argumento se fundamentó en que los funcionarios de la Procuraduría cumplen con funciones de magistrados, pues estos emiten conceptos a las Altas Cortes y ejercen tareas de justicia, por lo que no pueden ser elegidos si el año anterior se desempeñaron en algún ministerio.

En respuesta la Sala aseguró que “la elección de Margarita Cabello Blanco se encuentra amparada por el principio de colaboración armónica”.

Es decir, que el hecho de haber sido ternada por el Presidente Iván Duque no le impedía a la funcionaria asumir el cargo en el Ministerio Público, pues el presidente es el responsable de designar a los ministros para su despacho.

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