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Legislación

ABC para realizar una fusión o adquisición

Es importante tener en cuenta las consecuencias jurídicas.

22 de junio de 2018

Ian Farouk Simmonds


Scott McFarlane, chief executive officer of Avalara Inc., center, cheers during the company's initial public offering (IPO) on the floor of the New York Stock Exchange (NYSE) in New York, U.S., on Friday, June 15, 2018. U.S. stocks fell and bonds surged as President Donald Trump moved the country closer to a trade war with China, while investors weighed diverging monetary policies from the Federal Reserve and European Central Bank. Photographer: Michael Nagle/Bloomberg
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No hay una fórmula mágica para la realización de una operación tan compleja y tan trascendental para una empresa como las fusiones o las adquisiciones de otras compañías. De acuerdo con el docente Mario Herrera Cuenca, coordinador de la especialización en Responsabilidad Empresarial Pública y Privada del Politécnico Grancolombiano estas transacciones, dada su complejidad, deben contar con un juicioso proceso de Due Diligence, que en términos generales consiste en investigar de manera detallada los riesgos que implican la fusión o adquisición.

En su criterio, además de las implicaciones económicas que entrañan las fusiones y adquisiciones, también es importante resaltar las consecuencias jurídicas. “Se debe asegurar un asesoramiento jurídico permanente (antes, durante y después de la operación) dado que en muchos casos confluyen normas de ordenamientos jurídicos foráneos, que deben ser analizadas y armonizadas con nuestra legislación”.

El abogado Jaime Robledo, de la firma Brigard Urrutia, coincide en la necesidad de contar con un equipo altamente especializado en el tema, es decir, abogados dedicados al tema porque “hoy en día ese tipo de transacciones ha adquirido una alta especialización, hay mucha jurisprudencia sobre este tema y hay muchos procesos que son de filigrana”.

Con ese equipo, resalta el jurista, se deben analizar varios aspectos, entre otros, que las fusiones tienen impactos tributarios, por lo que “desde antes es importante tener un equipo tributario que analice los efectos”.

Ambos abogados coinciden que las fusiones tienen una arista desde el derecho de la competencia.

“Muchas veces las partes no tienen en cuenta las implicaciones que tendría ante la SIC y pueden verse abocados a que condicionen la transacción”, dijo Robledo al tiempo que deja claro que frente a la identificación de los aspectos puntuales de un activo que vaya a comprar es importante identificar esas posibles contingencias. “Estas pueden ser a nivel laboral o ambiental, o contingencia a nivel de propiedad individual”, dice.

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