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  • Diego Alejandro Ospina Henao

miércoles, 12 de octubre de 2022

El Artículo 50 establece que los empleadores solo podrán disminuir el sueldo sí cuentan con una razón justificada y un acuerdo

Se acerca la época del año en la que las empresas y trabajadores empiezan a hacer cuentas del salario del próximo año, y una de las preguntas que surge es si pese al alza de la inflación y del costo de vida, si una empresa no está pasando por un buen momento ¿puede tomar la decisión de bajar el salario de sus empleados?

Los expertos señalan que no existe una ley o artículo en el cual se prohíba al empleador bajarles el salario a sus empleados, solo está la posibilidad de llegar a un acuerdo entre las dos partes, para hacer una reducción del sueldo. Sin embargo, para realizar esta acción el empleador debe tener razones justificadas.

El Artículo 50 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) establece que, “todo contrato de trabajo es revisable cuando quiera que sobrevengan imprevisibles y graves alteraciones de la normalidad económica. Cuando no haya acuerdo entre las partes acerca de la existencia de tales alteraciones, corresponde a la justicia del Trabajo decidir sobre ella y, mientras tanto, el contrato sigue en todo su vigor”. Es decir, que la reducción del salario solo se podrá hacer cuando haya una alteración en la normalidad económica, o que haya un acuerdo mutuo, para realizar esto.

Para el socio de Scola Abogados y profesor de cátedra de la Universidad de los Andes, Nicolás Rico, el salario “unilateralmente no se puede bajar”, ya que este es uno de los elementos acordados en el contrato, por las prestaciones de labores o varios servicios, por lo que debe haber una remuneración económica.

Sin embargo, el abogado explica que existe un “salario variable”, en el cual el empleador está en el derecho y facultades, para poder entablar las condiciones con sus trabajadores, de lo que sería el salario básico y la remuneración económica por los servicios prestados.

Rico resalta que la única forma en que, legalmente, se le puede bajar el sueldo a los empleados y esta es por medio de un acuerdo mutuo. Es decir, sí un trabajador tiene la obligación de hacer la contabilidad de la empresa, más las declaraciones de renta de cada trabajador y su empleador le pide que deje de hacer dichas declaraciones, este puede llegar a entablar un acuerdo con el responsable para disminuir el sueldo, ya que, sus obligaciones y carga de trabajo no serán las mismas, por ende, habría una razón justificada. “Ojalá que sea justificado, con algo objetivo, para poder hacer la disminución”, recalca el socio de Scola Abogados.

Otro ejemplo para justificar el punto anterior fue la pandemia del Covid-19. Esta hizo que muchos empleadores redujeran el salario de sus trabajadores un 30%, debido a que no estaban trabajando, no había insumos para trabajar y demás razones. Sin embargo, esto fue acordado por las dos partes, ya que la razón objetiva para hacer esta reducción era porque se estaba atravesando una situación económica complicada y esto está amparado en el artículo 50 del CST.

Puede que existan casos en dónde los trabajadores no llegaron un acuerdo con sus empleadores, para hacer la correspondida disminución del salario. Estos tienen la posibilidad de generar la debida renuncia, para que se realice el pago de la indemnización. Además, sí el empleado decide no renunciar y seguir dentro de la empresa, este puede interponer una demanda ante un juez ordinario laboral, debido a que no le pagaron su salario completo y por ende la liquidación de sus prestaciones sociales. Esto con el fin de buscar el pago de las mismas y una posible sanción monetaria.

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