26 de julio de 2024
Suscribirse


26 de julio de 2024
Suscribirse
Actualidad

Ante la UGPP no hay nada que hacer: pagar o pagar

03 de septiembre de 2016

Carolina Castro de la Torre


Canal de noticias de Asuntos Legales

Sin embargo, la Ugpp plantea la posibilidad de facilidades de pago que permiten formular acuerdos de pago hasta por cinco años.

¿Cómo opera el proceso de cobro de la Ugpp?

Una vez en firme la liquidación definitiva, el expediente es asignado a un agente de cobro quien dentro de los diez días siguientes debe ejecutar la primera acción persuasiva, es decir enviar el primer aviso informando que el contribuyente se encuentra en etapa de cobro persuasivo. A partir de esta primera acción persuasiva, la etapa de cobro persuasivo será de noventa días calendario.

Transcurridos los noventa días iniciará el proceso de cobro coactivo, de conformidad con el proceso de cobro coactivo administrativo en donde se faculta a la entidad a implementar las medidas necesarias para garantizar el pago, incluyendo el embargo de bienes y cuentas bancarias. 

¿Qué cobra la Ugpp?

Además del valor de la reliquidación de aportes al sistema de la protección social, la Ugpp exige el pago del valor de los intereses de mora, así como el valor derivado de las sanciones por mora o inexactitud en caso de fiscalizaciones de años posteriores a  2012. 

¿Qué es el acuerdo o facilidad de pago?  

El acuerdo de pago es una figura en virtud de la cual, previo cumplimiento de diversos requisitos y bajo aceptación de la Ugpp, se otorga un plazo para el pago del valor de la reliquidación y sus intereses y sanciones. 

¿Cómo se ejecuta este acuerdo de pago?

Primero debe radicarse ante la entidad una solicitud de facilidad de pago que debe especificar el plazo requerido para la realización de dicho pago (puede ser hasta por cinco años) y el número de cuotas y la periodicidad de las mismas. 

Al acuerdo de pago debe adjuntarse la última declaración de renta con sus respectivos anexos y una garantía de pago si se trata de personas jurídicas. 

Una vez recibida la solicitud de acuerdo de pago, la Ugpp validará si otorga la facilidad de pago o no de acuerdo a criterios como la solidez de la garantía o la capacidad de endeudamiento del solicitante. 

¿En qué consiste esta garantía?

La garantía debe cubrir el monto de la obligación (re liquidación, intereses y sanciones) y la misma se puede materializar en una garantía inmobiliaria, fideicomiso o fiducia en garantía, un codeudor solidario o la constitución de una póliza de seguro. 

¿Qué sucede si no llego a un acuerdo de pago con la Ugpp?

La Ugpp iniciará todas las acciones tendientes a cobrar y hacer efectivo el pago de la obligación por lo que librará mandamiento de pago e iniciará la ejecución de medidas cautelares de inmediato, embargando bienes y en especial cuentas bancarias.    

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA