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Judicial

Asamblea de Cundinamarca anunció descuentos de hasta 70% en sanciones a morosos

La ordenanza departamental brinda alivios tributarios a los contribuyentes con deudas de impuestos desde 2024 hacia atrás

04 de junio de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Secretaría de Hacienda de Cundinamarca
Canal de noticias de Asuntos Legales

Con 16 votos a favor, la plenaria de la Asamblea Departamental de Cundinamarca aprobó la Ordenanza 045, que brinda alivios tributarios a los contribuyentes con deudas de impuestos desde 2024 hacia atrás.

La asamblea aseguró que, de manera temporal, se les concederá a las personas naturales y/o jurídicas que, actuando como contribuyentes, efectúen de manera voluntaria el pago de 100% del capital adeudado a la Administración Departamental, así como varios descuentos sobre el pago de los intereses y sanciones generadas.

En el caso de los impuestos sobre vehículos automotores, registros ante oficinas, como las Registradurías o Cámaras de Comercio y el consumo de licores, cervezas, refajos, cigarrillos, tabaco, el descuento sobre los intereses y sanciones corresponde a las siguientes fechas: Si se paga el capital entre el 29 de mayo y el 31 de agosto de 2025, se le aplica un descuento de 70%; si se paga entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, el descuento es de 60%; si se paga entre el 1 de noviembre y el 26 de diciembre, el valor es de 50%.

En el caso de las rentas por monopolio rentístico, la asamblea estableció que los descuentos aplicarán para las ventas de licores destilados o el alcohol potable para fabricación de licores que se hayan generado antes del 31 de diciembre de 2024.

Sobre los descuentos a aplicar, la administración aseguró que las fechas y porcentajes se mantienen igual que el de los impuestos anteriormente mencionados.

El descuento para las infracciones de tránsito aplica para las personas que hayan pagado voluntariamente 100% del valor de la infracción.

"Si la infracción fue impuesta antes del 31 de diciembre de 2019, el descuento es de 100% de los intereses y si fue impuesta entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2024, el descuento es de 70% de los intereses. Esto aplica también dentro del periodo señalado por la ordenanza, es decir hasta el 26 de diciembre de 2025", dice el decreto.

Para el caso de multas de tránsito que registran mora al 31 de diciembre de 2024, la administración señaló que si la multa es de antes del 31 de diciembre de 2019, se condonará 100% de los intereses;
si la multa fue impuesta entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2024, el descuento en intereses es de 70%.

Por el contrario, si las multas impuestas se relacionan con infracciones por conducir borracho o bajo el efecto de sustancias alucinógenas, la Ley 1696 de 2013 impide que se aplique algún tipo de descuento.

"También se podrán hacer acuerdos de pago para quienes no puedan pagar todo el capital de una vez, siempre que ofrezcan una garantía, como un bien", aseguró la administración.

Sobre las condiciones para llevar a cabo los acuerdos, la entidad señaló que deben hacerse ante la Secretaría de Hacienda o la Secretaría de Movilidad Contemporánea.

En el primer caso, para pedir la liquidación antes del 15 de diciembre de 2025, se debe pagar al menos 15% del total de esto antes de firmar el acuerdo en un máximo 24 cuotas

Toda la deuda debe quedar pagada antes del 30 de septiembre de 2027 y no aplica para el impuesto de registro.

Sobre los descuentos en intereses y sanciones, la administración aseguró que estos dependen del número de cuotas. Por ejemplo, si el pago fue diferido a ocho cuotas, el descuento será de 70%; si está entre las 9 y 16 cuotas, el descuento es de 60% y si el valor está entre las 17 y 24 cuotas, el descuento será de 50%.

Si los acuerdos se realizaron con la Secretaría de Movilidad Contemporánea, la liquidación deberá solicitarse antes del 31 de agosto de 2025 y el plazo máximo para hacerlo es de 12 meses.

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