Así va el debate por regulación de los símbolos patrios luego de la decisión del Tribunal
Ayer se presentaron dos tutelas ante la Corte Suprema de Justicia que buscan que se pueda fallar y de esa manera revocar el auto
11 de junio de 2026
Luego de que este martes el Tribunal Superior de Bogotá le ordenara de manera provisional al candidato presidencial Abelardo De La Espriella que en un plazo máximo de 24 horas removiera toda propaganda en páginas web, medios masivos y redes sociales donde se utilizara la bandera, el escudo, figuras nacionales o frases como “firmes por la patria”, se presentaron varias tutelas con el fin de dejar sin efecto este auto.
En el auto emitido por el Tribunal se lee: “Suspensión inmediata de la divulgación de propaganda infractora en que incurre la campaña electoral de Abelardo Gabriel De La Espriella Otero y, consecuencialmente, el retiro integral de toda aquella publicidad realizada en medio de comunicación o plataforma digital en la que se empleen los símbolos patrios: la bandera nacional y los colores que la integran; el escudo nacional en cualquiera de sus representaciones; emoticono oficial de la República de Colombia (co) utilizado como insignia o elemento de identificación de redes sociales o aplicativo web “Defensores de la Patria”; uso de saludo militar o empleo de simbología utilizada por las fuerzas castrenses y policiales”.

Por su parte, las tutelas, una presentada por el abogado Fabio Humar y otra presentada por el abogado Germán Calderón España, ante la Corte Suprema de Justicia, buscan que se pueda fallar y de esa manera revocar el auto.
“Recordemos que la decisión del magistrado fue una decisión cautelar, una medida cautelar, no la tutela de fondo. La tutela habrá de fallarse y ahí pueden revocar el auto. Luego la tutela se impugnará, pero ya los tiempos no dan para que la decisión definitiva, es decir, en segunda instancia, salga antes de la segunda vuelta. La decisión la sabremos luego de quien sea el presidente”, señaló Humar, e hizo énfasis en que también se pide que no se tomen los 10 días que por ley podría tomar.
El abogado también mencionó que las medidas contra De La Espriella y su campaña son imposibles de cumplir debido a que los tarjetones para la segunda vuelta ya fueron impresos con la frase “firmes por la patria” “y no se puede pretender que en 24 horas recojan toda la publicidad y todas las vallas que hay en el país”.
El experto agregó que a De La Espriella se le podría exigir como persona natural que no haga símbolos, señas o signos, pero esto no podría ser con los seguidores.
¿Y si siguen usando los símbolos?
Diego Andrés Navarro Rangel, abogado especialista en Derecho Administrativo, explicó que si un candidato o su campaña insiste en utilizar símbolos patrios pese a una orden judicial dictada dentro de una acción de tutela, el escenario cambiaría de naturaleza.
“Ya no estamos solo ante un posible debate sobre reglas de propaganda electoral, sino ante un eventual incumplimiento de una orden judicial con efectos constitucionales inmediatos”, señaló.
El experto agregó que podría configurarse de esa manera un desacato a una orden de tutela. “Las órdenes emitidas por el juez constitucional son de cumplimiento inmediato y obligatorio, incluso cuando son provisionales”, y mencionó que si no se acatan, el juez está facultado para imponer sanciones como, por ejemplo, multas o arresto, además, que podría adoptar todas las medidas necesarias para así asegurar el cumplimiento efectivo de su decisión.
Además de esto, el asunto podría llegar a trasladarse ahora al ámbito electoral. “La autoridad administrativa competente, como el Consejo Nacional Electoral, CNE, puede llegar a iniciar actuaciones por infracción a las reglas de propaganda política, lo que puede derivar en sanciones como lo serían multas u órdenes de retiro inmediato del material publicitario que desconozca la normativa”, señaló Navarro.
Antecedentes
Juan Francisco Navarrete, abogado penalista, señaló que la razón por la que el Consejo Nacional Electoral aprobó el uso de la frase “firmes por la patria” es porque “la palabra “patria” no pertenece exclusivamente al Estado ni puede excluirse del debate democrático. Es una expresión histórica, política y cultural que puede ser utilizada dentro de una campaña electoral sin que ello implique apropiarse de los símbolos oficiales de la Nación”, explicó.
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