23 de abril de 2025
Suscribirse


23 de abril de 2025
Suscribirse
Actualidad

Centigon no pudo registrar la forma de sus camiones blindados

22 de octubre de 2014

Simón Granja


Canal de noticias de Asuntos Legales

Carrocerías blindadas que van desde protección con armas cortas hasta fusil de asalto, montados sobre unidades base que pueden cargar hasta más de catorce toneladas para el transporte de metales preciosos y monedas, son los vehículos blindados para transporte de valores que Centigon Colombia pretendió registrar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), al igual que la forma de los camiones antidisturbios usados por el Esmad.

El 21 de diciembre de 2011 la fabricante de blindajes miembro de la multinacional Carat Security Group, presentó ante la SIC el registro de dos marcas tridimensionales. Sin embargo, la entidad negó el registro en ambas instancias.

“Las marcas tridimensionales son aquellas que se componen de un signo con volumen, es decir, que ocupan un espacio definido y se proyectan en tres dimensiones. Este tipo de marcas son registrables, siempre que cumplan con los requisitos de distintividad, perceptibilidad y susceptibilidad de representación gráfica”, explicó Javier Delgadillo, abogado especialista en propiedad industrial.

La abogada María Constanza González, de Wolf&Méndez, especialista en propiedad industrial afirmó que “la decisión adoptada es acorde con la normatividad andina toda vez que se solicita para registro un signo que corresponde a la forma usual de los productos que distingue y se encuentran incursas en causales de irregistrabilidad absoluta, es decir, que no es por causas de terceros, sino porque la marca no es capaz de registrarse”. Una vez se publicó el extracto de la solicitud, no se presentaron oposiciones, pero la entidad está en la obligación de realizar el análisis de registrabilidad del signo solicitado.

Centigon presentó la solicitud para distinguir vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuático, comprendidos en la clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.

La Dirección de Signos Distintivos determinó que las marcas tridimensionales solicitadas se encuentran incursas en el literal f del artículo 135 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina que dice que son irregistrables aquellos que “consistan exclusivamente en un signo o indicación que sea el nombre genérico o técnico del producto o servicio de que se trata”.

Lo anterior por cuanto los signos solicitados consisten en cuerpos tridimensionales con los que se representa de manera directa el producto al que se refiere la solicitud de registro. Como consecuencia, la Dirección explicó que carece de elementos que lo provean de la distintividad suficiente para acceder al registro.

La entidad añadió que de permitirse los registros, se estaría excluyendo injustamente a otros empresarios de la posibilidad de utilizar estas figuras para ofrecer los mismos productos, por lo cual se llegaría al absurdo de excluir este cuerpo del uso común para identificarlos, convirtiéndolo en un bien de uso exclusivo del titular de la marca.

La defensa apeló la decisión tomada en primera instancia argumentando que “las marcas solicitadas son signos caprichosos, de fantasía, novedosos y lo suficientemente distintivos para distinguir productos de la clase 12, distintividad por la inclusión de elementos y formas no usuales dentro del ramo de los productos que se pretenden identificar, por tanto la causal de irregistrabilidad no puede ser aplicada”.

El superintendente delegado para la propiedad industrial, José Luis Londoño, resolvió, a pesar de los argumentos expuestos por la defensa, confirmar la decisión tomada en primera instancia y explicó en las resoluciones que “debemos tener en cuenta que el consumidor de esta clase de productos al momento de adquirir uno en el mercado, no va a percibir al signo que se solicita en registro como proveniente de un empresario en particular, sino que por el contrario lo va a entender como un vehículo más”.

La empresa
Carat Security Group se fundó en febrero de 2008 con la fusión entre los dos principales fabricantes de blindaje vehicular del mundo, Carat Duchatelet y Centigon.

La compañía opera actualemente ocho fábricas y opera en todo el mundo. El grupo tiene 1.000 empleados a nivel mundial y produce más de 1.600 vehículos blindados anualmente.

En Colombia, Centigon, ofrece varios productos entre los cuales están vehículos comerciales blindados, vehículos especiales (antidisturbios), transporte de valores, protección personal (chalecos antibalas), blindaje arquitectónico, y también servicios como instalaciones blindadas.

Las Opiniones

Javier Delgadillo
Abogado especialista en propiedad industrial de Q&D ABOGADOS

“La marca tridimensional solicitada por Centigon fue negada adecuadamente porque se componía únicamente de la figura de un vehículo de seguridad, sin rasgos que permitieran a un consumidor medio entender con claridad que era un vehículo que proviene de esa compañía”.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA