26 de julio de 2024
Suscribirse


26 de julio de 2024
Suscribirse
Actualidad

Confusión por dueño de Tang Plus retrasó el registro marcario un año

08 de noviembre de 2013

Mateo Jaramillo


Canal de noticias de Asuntos Legales

La fusión de una empresa local o de una multinacional es el paso de la individualidad a la identidad única empresarial.

En este proceso cambia la estructura la organización, la razón social, el consumidor al cual se dirigen o los dueños de la firma. Sin embargo, un descuido frecuente es el traspaso o la modificación a las oficinas locales del nombre de la sociedad.

Aún sin haberse presentado oposiciones, una vez fue publicada la solicitud en la Gaceta de Propiedad Industrial, la SIC realizó el examen de registrabilidad como lo establece la decisión 486 de la Comunidad Andina.

En la búsqueda, hallaron la marca Tang Plus para la misma clasificación marcaria de la empresa que solicitó el registro, el análisis fue corto y contundente.

“Como puede observarse, el signo solicitado reproduce a la marca registrada en su totalidad, siendo semejantes en el punto de vista ortográfico, fonético y comercial, lo que conlleva a un riesgo de asociación o confusión por parte del consumidor, debido a la evidente identidad de los signos”, indicó el despacho en el escrito.

Además, por ser de la misma nomenclatura internacional (suplementos nutricionales, incluyendo bebidas nutricionalmente mejoradas) harían uso de los mismos canales de distribución, divulgación y comercialización; lo que incrementa la posibilidad de que el público promedio adquiera un producto o servicio pensando que pertenece a otro origen empresarial.

Por las razones mencionadas, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC negó el registro del signo distintivo en mayo del año pasado.

Sin embargo, la compañía Kraft Foods Global Brands LLC, a través de Alicia Lloreda, abogada representante del bufete Lloreda Camacho y Co, presentó un recurso de apelación a la decisión de primera instancia de la oficina local.

Resulta, que los titulares del nombre Tang Plus, registrado en la clase 5 y con vigencia hasta el 18 de septiembre de 2012, es la firma Kraft Foods Holdings Inc; es decir, el mismo dueño que solicita el nuevo signo.

El experto en propiedad industrial, Emilio García, asegura que la SIC, cuando entiende que dos marcas están solicitadas por dos personas diferentes, protege a la marca registrada.

“Es un descuido frecuente de los titulares de las compañías cuando hay fusiones o compra de acciones, porque la ley ordena que se haga la transferencia o la modificación a las oficinas competentes. Además, la SIC no puede tener en cuenta el vínculo de la matriz filial porque el registro es un título de propiedad”, dice García.

Por esta razón, Lloreda presentó a la SIC el traspaso de la marca Tang Plus de Kraft Foods Holdings Inc a la sociedad Kraft Foods Global Brands LLC, y de esta manera “al ser traspasada la marca fundamento de rechazo (...) no existe impedimento alguno para el registro de la marca Tang Plus en la clase 5”.

Así mismo, la apoderada de la multinacional estadounidense solicitó al despacho “suspender el trámite de la solicitud de registro de la referencia mientras se inscriba el traspaso de la marca”.

Como lo menciona el portal Businessweek de Bloomberg, la multinacional “Kraft Foods Global Brands, LLC se conocía anteriormente como Kraft Foods Holdings Inc. Esta empresa se constituyó en 1999 y tiene su sede en Northfield, Illinois. Ahora, Kraft Foods Global Brands LLC opera como una subsidiaria de Kraft Foods Inc”.

Luego de un año, el delegado para la Propiedad Industrial declaró que al ser traspasado el nombre Tang Plus, desaparece el causal de irregistrabilidad y por lo tanto se le concedió el registro.

Antecedentes
En diciembre de 2012, la firma Kraft Foods Global Brands LLC solicitó el registro de la marca Tang Plus ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, para los productos de la clase 5 de la Clasificación de Niza.

La opinión

Emilio García
Abogado experto en asuntos de propiedad industrial

“Es un descuido de las compañías cuando hay fusiones, porque la ley ordena que se haga la transferencia o la modificación a las oficinas competentes. Además, la SIC no puede tener en cuenta el vínculo de la matriz empresarial”.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA