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Judicial

Consejo de Estado admitió segunda demanda para anular personería jurídica del Progresistas

Según Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, la resolución se basaba en la causal de infracción de norma superior, al desconocer el artículo 14 de la Ley 1475 de 2011

28 de noviembre de 2025

Julián Bermeo


La senadora María José Pizarro
Colprensa
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Tan solo dos meses después del que el Consejo Nacional Electoral aprobara la conformación del partido Progresistas, este viernes 28 de noviembre, el Consejo de Estado admitió el estudio de la segunda demanda para anular la personería jurídica del movimiento.

Consejo de Estado

“Se admite la demanda de nulidad presentada por los ciudadanos Lucas Durán Hernández y Samuel Alejandro Ortiz Mancipe en contra del Consejo Nacional Electoral”, se aseguró en la carta.

Todo se remonta a cuando la senadora, ya siendo representante legal y presidente del Progresistas, le solicitó al CNE el reconocimiento y la inscripción del movimiento en el Registro Único de Partidos, con el propósito de que se le otorgara la separación voluntaria del partido Mais.

Según Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, la resolución se basaba en la causal de infracción de norma superior, al desconocer el artículo 14 de la Ley 1475 de 2011, que establece que la unión o separación de un partido o movimiento político debe regirse por sus normas estatutarias.

A su vez, el demandante, alegó que la resolución presentada por Pizarro no tiene la justificación suficiente, señalando que el CNE omitió hechos importantes que estaban acreditados y que se tenían que evaluar, específicamente en las indagaciones que involucraban al mais.

Ortiz sostuvo que el Consejo accionó fuera de su competencia al reconocer la personería jurídica del Progresistas condicionalmente, en vez de actuar dentro del marco legal y estatutario de las normas. El demandante señaló que esto se configura como una violación del principio de legalidad, pues el CNE omitió actuar según lo que la ley les permite.

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