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martes, 6 de septiembre de 2022

El alto tribunal ratificó la decisión de primera instancia y determinó que, en su momento, su designación violaba la Ley de Cuotas

A pesar de que ya terminó la administración de Iván Duque y su gabinete ministerial, el Consejo de Estado dejó en firme la sentencia con la que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la nulidad del acto de nombramiento del último titular de la cartera de Defensa, Diego Molano, tras establecer que sí violó la Ley de Cuotas.

Para el alto tribunal, "si la cuota de mujeres equivale a un número entero y un decimal, la necesidad de ejercer acciones afirmativas en favor del género históricamente discriminado obliga a que la cifra se aproxime al número entero siguiente, independientemente de que el decimal sea inferior o mayor a 0,5%". Al momento del nombramiento de Molano, la cuota femenina del gabinete era de 27,7%, con lo que no se cumplió con la obligación legal de tener al menos 30% de representación.

En esa línea fue la sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en respuesta a una demanda presentada, sin embargo, la defensa de Molano apeló la decisión, alegando que no había precedentes que permitieran inferir que el incumplimiento de la cuota de género llevara a una nulidad de un nombramiento.

Sin embargo, el Consejo de Estado ratificó la nulidad, y reiteró que “(…) en los casos en los cuales el cálculo de 30% de la cuota de género dé como resultado un número entero seguido de un decimal, independiente de que el decimal sea menor o mayor 0,5, la cifra debe aproximarse al número entero siguiente que permita cumplir dicho porcentaje y no al inferior”.

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