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  • Kevin Steven Bohórquez Guevara

viernes, 10 de marzo de 2017

El proceso fue apelado y se alargó a dos instancias. Sin embargo, en un primer escenario la Dirección de Signos Distintivos señaló que no podía darse el registro por que se presentaban similitudes con marcas previamente registradas.

Ante este panorama, la Fundación WWB Colombia, haciendo  manejo de todos sus recursos, impuso una compulsa de argumentos para exponer que si bien la marca solicitada tenía componentes parecidos a los ya registrados, la Dirección de Signos Distintivos debía realizar el análisis concreto de los signos enfrentados y, de esta manera,  dar respuesta a la solicitud.

“En este aspecto aclaramos que la expresión Fundación WWB registrada por el Banco WWB, son del mismo titular, siendo así que la expresión solicitada no está incurriendo en ninguna causal de irregistrabilidad, pues hacen parte de la misma compañía. Esto se puede evidenciar en la página web de la empresa”, señaló su defensa.

Cabe señalar que la marca Banco WWB días atrás había sido reseñada por la Superindustria como un signo notorio.

Por estas razones, el superintendente delegado para la Propiedad Industrial, José Luis Londoño Fernández, aclaró que para dar una respuesta al proceso y concretar la decisión, se tendrían en cuenta algunas razones presentadas por Coomeva  y, en esa misma línea, los signos que ya habían sido registrados.

Y fue justamente mediante la normativa que cobija la Comunidad Andina, que la SIC consideró darle una luz al proceso y bajo la premisa de confundibilidad, analizar el caso.

De esta manera, tras comparar los nominativos y hacer un estudio entre los signos, se concluyó que si bien la oposición presentada por Coomeva tenía razones validas, los gráficos presentados ante el tribunal servían como prueba clara para determinar que a la marca solicitada Expo Crecer Fundación WWB Colombia le faltaba distintividad para su registro.

“En un examen detallado, esta delegatura encuentra que las marcas traídas de oficio “Fundacion WWB Colombia”,  con números de expedición 12-036176 y 12-036175, presentan una licencia a favor de la sociedad solicitante Fundación WWB  Colombia. Sin embargo, las licencias solo refieren a un uso autorizado de dichas marcas y no de las solicitadas, por lo tanto, el derecho de oposición y exclusividad aún se encuentra en cabeza del Banco WWB en relación con estas marcas”, aclaró la Dirección de Signos Distintivos.

Álvaro Ramírez Bonilla, fundador & CEO de B&R Latín América IP LLC, está de acuerdo con el veredicto de la SIC y señala que “el signo en conflicto generaría riesgo de confusión con la marca previamente registrada, ya que existe conexión competitiva entre los servicios que se amparan. Adicionalmente los canales de comercialización y finalidad están dirigidos a los mismos grupos de consumidores”.  

En efecto, tras mostrar los resultados del cotejo marcario, la Superintendencia consideró negarle la marca al solicitante y confirmar su decisión al señalar que podría darse confusión en el consumidor. 

Las opiniones

Álvaro ramÍrez bonilla
Fundador & ceo de B&R Latin America
“El signo en conflicto generaría riesgo de confusión con la marca previamente registrada, ya que existe conexión competitiva y sus canales de distribución están dirigidos al mismo consumidor”.  

Yolanda peña
Consultora empresarial 
“Es relevante que las marcas mantengan su autenticidad y defiendan su categoría. Si no lo hacen, corren el riesgo de confundir al consumidor y perder su reconocimiento en el mercado”. 

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