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jueves, 21 de octubre de 2021

La decisión se tomó por la tutela de un hombre que denunciaba la vulneración de honra y buen nombre por una publicación en Facebook

La Corte Constitucional determinó que aquellas presuntas víctimas de delitos sexuales pueden denunciar públicamente y de manera libre los hechos relacionados con violencia sexual, pues se flexibiliza los principios de veracidad e imparcialidad que permea toda divulgación de información.

La decisión se conoció después de una tutela formulada por un hombre que consideró que sus derechos de honra y buen nombre fueron vulnerados por una ciudadana que denunció a través de Facebook un caso de abuso sexual cometida en su contra por él.

Según el hombre, las relaciones sexuales fueron consentidas y producto de estar con un alto consumo de alcohol y sustancias psicoactivas, solicitando que se borrara la publicación, pedir excusas públicas y rectificar la información contenida.

La presunta víctima manifestó que las relaciones sexuales no fueron concertadas, ya que el implicado había manifestado no querer tener relaciones en aquella ocasión y abusó del estado en el que se encontraba.

En el caso, la Sala concluyó que, al revisar los intereses de la tutela, el buen hombre y honra del denunciante; y la libertad de expresión de la presunta víctima de violencia sexual, “la afectación que él puede llegar a sufrir con ocasión a la publicación realizada es inferior al menoscabo que padecería la accionada en el evento en el que se limitara su posibilidad de denunciar los hechos de los que afirma haber sido víctima”, según la sentencia.

Esto, por cuatro razones específicas; primero, la ciudadana es sujeto de especial protección constitucional por su condición de mujer que fue presunta víctima de violencia sexual; segundo, representa un asunto de especial importancia para la sociedad; tercero, las víctimas de un delito pueden denunciar libre y públicamente los hechos padecidos, desde su experiencia personal y por presumirse que actúa de buena fe; y finalmente, genera una restricción indebida en la garantía de derechos como presunta víctima.

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