Petro y la Paz Total

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  • Juan Camilo Colorado

miércoles, 13 de diciembre de 2023

Los demandantes alegaban que la expedición de la ley ante el Congreso no contó con el concepto del Consejo de Política Criminal

La Corte Constitucional reconoció que la Ley de Paz Total del gobierno de Gustavo Petro no tiene vicios de forma tras la resolución de otras de las demandas interpuestas ante esta por la presunta ausencia del concepto del Consejo Superior de Política Criminal. Esto significa que la Corte se mantiene en lo indicado en la sentencia C-525 de 2023.

De acuerdo con lo indicado por la Corte, la Sala Plena estudió ocho cargos de inconstitucionalidad en contra de la totalidad de la ley (Ley 2272 de 2022). Seis de los cargos se relacionan con presuntos vicios de trámite y las otras dos con reproches sustantivos.

Según los demandantes de la ley, esta fue expedida ante el Congreso de la República sin contar con el concepto previo del Consejo de Política Criminal; esto significaría un vicio insubsanable que determinaría la inconstitucionalidad de la ley de Paz Total del gobierno de turno. Sin embargo, la Corte Constitucional reconoció que no existe ninguna norma constitucional y orgánica que establezca que la ausencia del concepto previo impida el desarrollo del trámite legislativo.

Sin embargo, con respecto al artículo 2 sobre las "estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto" no se tomó una decisión debido a que el tema hizo parte de las deliberaciones y votaciones durante el proceso legislativo y que las diferencias encontradas corresponden al transcurso del debate del contenido normativo.

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