Corte Constitucional ordenó a entidades médicas proteger derechos sexuales de jóvenes
El llamado se dio luego de que un defensor de familia del Icbf, denunció que una institución médica se negó a suministrar el método anticonceptivo solicitado por una joven indígena
27 de mayo de 2025
La Corte Constitucional advirtió que la implementación de un método anticonceptivo no solicitado representa "una vulneración a los derechos sexuales y reproductivos de la persona afectada y supone una anulación de la dignidad, libertad y autonomía de las adolescentes y mujeres indígenas a escoger su propio camino", aseguró.
Dicho llamado se generó como consecuencia de una acción de tutela en la que un defensor de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Icbf, expuso el caso de una joven indígena a la cual se le vulneraron sus derechos sexuales y reproductivos, luego de que su entidad médica se negó a realizarle el procedimiento del implante subdérmico.
Como consecuencia de dicha situación, la Sala Cuarta de Revisión, integrada por los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar, Miguel Polo Rosero y Vladimir Fernández Andrade, adelantó las acciones legales correspondientes para que a la adolescente se le suministre el método anticonceptivo solicitado.
En pro de proteger dichos derechos, el alto tribunal instó al Hospital Departamental Intercultural Renacer y a la Nueva EPS a que "garanticen el acceso y suministro de los métodos de planificación familiar y anticoncepción a las adolescentes y mujeres indígenas de la región", enfatizó la Corte.
Todo esto, atendiendo el numeral 13 del anexo técnico de la Resolución 3280 de 2018 del Ministerio de Salud, en el cual se establece que "todos los métodos deben estar disponibles en la consulta y en todos los niveles, sin que de ningún modo puedan imponerse barreras que obstaculicen sus decisiones autónomas sin una justificación médica y/o científica", señaló.
En esa misma línea, el alto tribunal reiteró que el ordenamiento jurídico colombiano prohíbe cualquier tipo de discriminación contra la mujer, de tal forma que ninguna puede recibir un trato diferenciado respecto de la libertad y autonomía para decidir sobre su vida sexual y reproductiva.
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