Corte Constitucional ordenó a instituciones religiosas entregar información sobre pederastia
El alto tribunal aseguró que las instituciones religiosas deben entregar este tipo de información a los periodistas que ejecuten investigaciones al respecto
27 de mayo de 2025
La Corte Constitucional, a través del magistrado ponente, Miguel Polo Rosero, reiteró que los periodistas tienen derecho a acceder a información de las iglesias colombianas sobre investigaciones por delitos sexuales contra menores.
La Sala Plena ordenó a estas organizaciones suministrar toda la información relacionada con denuncias de pederastia o la información relativa a los sacerdotes y clérigos que hayan ejercido labores pastorales y, en general, de relacionamiento con la sociedad.
El motivo del pronunciamiento, según explicó la Corte, se dio como respuesta a 50 expedientes de tutela acumulados, entre los cuales 48 correspondían a acciones presentadas por periodistas que, en su ejercicio de los derechos de petición y acceso a la información, solicitaron a distintas autoridades eclesiásticas y estatales, la información relacionada con presuntos abusos sexuales cometidos por sacerdotes en contra de menores de edad.
Ante la negativa por parte de las instituciones para entregar la información solicitada, el alto tribunal aseguró que incurre en la protección de datos personales de los presuntos agresores, en el carácter reservado de la información solicitada y, en algunos casos, en la falta de competencia de las entidades públicas para conocer de los hechos denunciados.
Por parte de los clérigos y ex clérigos de las instituciones mencionadas, la Corte aseguró que también examinó dos demandas de tutela en las que estos alegaron que las peticiones de los periodistas vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso.
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