Corte Constitucional ordenó actualizar los subsidio de vivienda para los desplazados
Un aproximado de 19.000 subsidios de vivienda para la población desplazada no se han ejecutado por problemas en la política pública
09 de junio de 2025
La Corte Constitucional resolvió una acción de tutela presentada por 35 personas desplazadas del municipio de Solita, Caquetá, quienes desde 2011 no han podido acceder a una solución habitacional pese a haber recibido subsidios de vivienda por parte del Estado. La decisión se adoptó mediante la Sentencia SU-196/25.
“La Corte analizó si es constitucionalmente admisible que el Estado se niegue a actualizar el valor de un subsidio que se ha vuelto insuficiente por el paso del tiempo y la inflación”, dice el comunicado.
El alto tribunal determinó que la falta de actualización de los subsidios asignados vulneró los derechos fundamentales a la vivienda digna, la igualdad y la confianza legítima de los accionantes.
La Corte indicó que las personas beneficiadas cumplieron con los requisitos exigidos, pero enfrentaron obstáculos estructurales que impidieron la ejecución de los proyectos habitacionales.
En su fallo, la Corte ordenó indexar los subsidios otorgados y hacer extensiva esta medida a todos los hogares vinculados al proyecto Villa del Lago II Etapa, cuya situación sea jurídicamente similar.
Además, pidió al Ministerio de Vivienda y al Fondo Nacional de Vivienda, Fonvivienda, elaborar un plan integral en un plazo de seis meses para garantizar el acceso a soluciones habitacionales reales a familias desplazadas con subsidios no ejecutados.
El plan deberá incluir un diagnóstico actualizado, criterios de priorización, mecanismos de participación y un cronograma de ejecución con un plazo máximo de cinco años. También se estableció que los órganos de control deberán hacer seguimiento al cumplimiento de estas órdenes.
Según el expediente, cerca de 19.000 subsidios de vivienda para población desplazada permanecen sin ejecutarse, lo que evidencia un problema estructural en la política pública de vivienda. La Corte recordó que las asignaciones formales no eximen al Estado de su responsabilidad y advirtió que las expectativas creadas por sus actos deben ser cumplidas para no afectar la confianza ciudadana.
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