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jueves, 5 de mayo de 2022

La reforma permitía celebrar convenios interadministrativos con entidades territoriales para ejecutar programas del Presupuesto General

Con una votación de ocho contra un magistrado, la Corte Constitucional tumbó la reforma a la Ley de Garantías que fue aprobada en octubre del año pasado por el Congreso de la República, y que permitía celebrar convenios interadministrativos con entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos del Presupuesto General de la Nación (PGN).

El tribunal acogió la ponencia de la magistrada Diana Fajardo, que ordena suspender todos los convenios administrativos en trámite, con efectos retroactivos a su decisión a partir de la expedición de la Ley. Así, los contratos que se hayan firmado en este tiempo deben reversarse. Si hubo desembolsos de dinero, esos fondos deberían reembolsarse nuevamente.

“A partir de la decisión no es posible suscribir convenios interadministrativos al amparo del articulo 124 de la ley 2159 de 2021, por lo cual aquellos trámites que se encuentran en curso para tal fin deberán terminarse inmediatamente”, dice uno de los apartes de la ponencia que fue aprobada por la Sala Plena de la Corte Constitucional.

En concreto, el tribunal encontró que la reforma a dicha Ley no se justa a la Constitución, pues el cambio se tramitó como si fuera una ley ordinaria, aunque debía hacerse como una ley estatutaria.

Cabe mencionar que la Ley de Garantías prohibía que las entidades públicas celebraran convenios interadministrativos en época electoral, con el propósito de evitar negociaciones de apoyo político a cambio de dinero. No obstante, en octubre el año pasado el Congreso aprobó la propuesta del Gobierno de tumbar esa regla.

En su momento, varios congresistas calificaron la decisión como un 'mico', pues "abría una puerta a la corrupción" en medio de las elecciones.

La Presidencia de la República y el Ministerio de Hacienda enviaron un concepto al tribunal advirtiendo que “la buena fe debe ser la regla general” y que si se presentaba corrupción, las entidades competentes debían investigar.

“Si eventualmente la norma se aprovecha para corromper la igualdad electoral o la normatividad que regula la participación en política de los servidores públicos, se deberá aplicar las sanciones fiscales disciplinarias y penales que haya lugar”, señalaba el documento de gobierno.

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