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  • Noelia Cigüenza Riaño

jueves, 23 de julio de 2020

Movimiento Ríos Vivos denunció a Luis Pérez por injuria, calumnia, actos de discriminación y hostigamiento

La Corte Suprema de Justicia precluyó una investigación que existía en contra del exgobernador de Antioquia Luis Pérez Gutiérrez, debido a una denuncia interpuesta en 2018 por el Movimiento Ríos Vivos Antioquia que le acusaba de los delitos de injuria, calumnia, actos de discriminación, hostigamiento y abuso de autoridad, por una serie de declaraciones que hizo en medio del debate generado por la crisis del megaproyecto de Hidroituango.

La vocera de esta plataforma, Isabel Cristina Zuleta, interpuso una demanda en diciembre de 2018 contra el gobernador de ese entonces, después de que este concediera una entrevista en abril de ese mismo año en la que, según ella, sus comentarios fueron “estigmatizantes” porque consideró al movimiento como personas que estaban “obstaculizando” las obras. Lo mismo ocurrió en septiembre de ese año.

Hay que recordar que este movimiento se opone a la construcción del proyecto de la hidroeléctrica de EPM, por los impactos negativos que dicen que tiene la megaobra como la contaminación y la modificación de las finanzas de los municipios y de las autoridades ambientales, entre otros. “Como consecuencia de la estigmatización y señalamientos ese año fueron asesinados dos de sus integrantes (del movimiento) y sus familiares han sido víctimas de múltiples ataques y amenazas que han generado desplazamiento”, aseguró la denunciante ante la Corte.

Sin embargo, ahora la Sala de Primera Instancia de esta Alta Corte determinó que no había evidencia de que las declaraciones de Pérez obstruyeron los derechos de las personas que hacen parte de este movimiento. Además, la Corte indicó que la querella de la denunciante se presentó después de haber transcurrido el término de seis meses de los hechos que establece la ley. Estos sucedieron en abril y la denuncia fue interpuesta en diciembre.

“De las palabras del gobernador no se observa que estuvieren impidiendo, obstruyendo o restringiendo el pleno ejercicio de derecho alguno, sino, por el contrario, dejan en claro que las protestas naturalmente son legales, mas no así cuando son pretexto de su ejercicio legítimo se utilizan vías de hecho, por ende, contrarias al ordenamiento jurídico que la autoridad a su cargo está en el deber de prevenir”, indica el documento.

Igualmente, indicó que este tipo de actuaciones “de carácter difuso, especulativo y ambiguo (...) generan la falsa idea de que ante la Corte o, en general, ante los jueces y fiscales, se puede acudir en demanda de justicia presentando tan solo intrincados discursos”.

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