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Actualidad

Crystal defiende el reconocimiento de su marca Punto Blanco

07 de marzo de 2015

Geraldine Romero


Canal de noticias de Asuntos Legales

La marca de Mac & Bet  pretendía identificar bermudas, faldas, pijamas, medias y otras prendas casi del mismo tipo de Punto Blanco.

A pesar de que, la Superintendencia de Industria y Comercio   negó el registro de la marca Punto Interior, la empresa Crystal (Punto Blanco)  interpuso un recurso de apelación alegando que la Delegatura había desconocido la existencia de su familia de marcas y su reconocimiento cómo una de las más distintivas de Colombia.

Entre los argumentos expuestos, Crystal  expresó que el hecho de que la partícula ‘Punto’, sea objeto de reproducción por parte de la marca Punto Interior, causaba efectos para Crystal, ya que provocaba que el consumidor  asumiera  que  era otra marca de la misma familia Punto Blanco.

Los representantes de Crystal  aseguraron que  la Dirección no debió excluir la expresión ‘Punto’ del análisis de comparación, pues era susceptible de riesgo de asociación.

“Crystal como titular de los registros marcarios tiene derecho sobre la familia de marcas que se caracteriza por incluir la expresión ‘Punto’, con lo cual las posibilidades de excluir a los terceros que pretendan apropiarse de esta expresión es clara y contundente”, afirmó la compañía.

De esta forma, la empresa señaló que era contradictorio que la Delegatura afirmara que la expresión  ´Punto´  era débil y de uso común, pues la carga distintiva recaía sobre la misma. En el informe la empresa añadió que no sólo se debía contar con la similitud del nombre, sino la relación de los productos que se encontraban en la misma clase. 

Helena Camargo, abogada de la firma Posse Herrera Ruíz, afirma que las palabras, que originalmente fueron distintivas, pueden convertirse en expresiones de uso común por su inclusión reiterada en marcas de diferentes titulares. Esto trae como consecuencia la pérdida del derecho de uso exclusivo de la marca.

“Como consecuencia se pierde el derecho de uso exclusivo, pues su titular no puede oponerse exitosamente a que terceros las incluyan en combinaciones marcarias que contengan otros elementos distintivos” expresó Camargo.

La experta contextualizó diciendo  que no existe una regla objetiva que determine cuando un término se ha convertido al uso común, pero la doctrina considera que esto sucede cuando la palabra se incluye en seis registros de diferentes titulares.

Por su parte la SIC dijo que la palabra ‘Interior’, no dotaba al signo solicitante de suficiente distintividad para aprobar su registro, dado que los dos hacían referencia directa a la ropa interior y por ende, el consumidor asociaría las dos marcas al mismo origen empresarial. La SIC enfatizó en el derecho de propiedad industrial y dijo que se estaban protegiendo los intereses de Crystal.   Por su parte, la SIC explicó que el elemento ‘Punto’ es una expresión que se ha generalizado  en la identificación de productos de la clase 25, por lo que Crystal no puede oponerse  a que terceros la incluyan y  basarse solo en esta razón para hablar de confusión.

La Comercializadora Mac & Bet, no se pronunció frente a lo dicho por Crystal.

Las opiniones

Helena Camargo
Abogada de Posse Herrera Ruiz

“Las palabras, que originalmente fueron distintivas, pueden convertirse en expresiones de uso común por su inclusión reiterada en marcas de diferentes titulares. Esto trae como consecuencia la pérdida del derecho de uso exclusivo”.

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