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miércoles, 12 de agosto de 2020

El Gobierno tendrá un año a partir de la sanción de la misma para generar estímulos a los laboratorios que desarrollen modelos alternativos de pruebas

El presidente de la República, Iván Duque, sancionó la ley que prohíbe que a partir del 2024 en Colombia no se podrá importar, fabricar o comercializar productos cosméticos que sean testeados en animales.

La ley establece también que cualquier persona jurídica o natural que infrinjan estas prohibiciones serán objeto de sanción por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) con multa a favor del tesoro nacional de mínimo de 133 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, al momento en el que se presenten los hechos.

Sin embargo, la norma contempla excepciones para realizar pruebas cosméticas cuando un ingrediente deba someterse a pruebas de seguridad, por riesgos de salud o al ambiente y no existan pruebas alternativas validadas por la comunidad científica internacional o cuando los datos de seguridad generados a través de pruebas en animales para un ingrediente se hayan realizado para otro propósito diferente al cosmético.

Con esto, el Gobierno Nacional tendrá un año, a partir de la sanción de la misma, para poder reglamentar estrategias diferenciales que permita generar estímulos como becas de financiación convocadas anualmente por el Ministerio de Ciencia y Tecnología e Innovación, incentivos y facilidades durante los 15 años siguientes a la promulgación de la ley, para el fortalecimiento de las capacidades de los laboratorios e instituciones de investigación nacional que desarrollen y apliquen modelos alternativos para evitar el uso de pruebas en animales en esta industria.

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