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martes, 24 de mayo de 2022

La aerolínea nacional había demandado la decisión de la Superintendencia de Puertos y Transporte que le imponía los cobros por ese monto

El Consejo de Estado declaró nula una resolución de la Superintendencia de Puertos y Transporte que pretendía que Avianca pagara $8.000 millones por concepto de la tasa de vigilancia que les corresponde a las entidades vigiladas por el organismo.

Avianca demandó la decisión por considerar que los saldos de contribución que le impusieron para 2013 y 2014, de $4.000 millones cada una, no se podían liquidar como lo hizo la Supetransporte, que utilizó una fórmula que había sido declarada inconstitucional.

Según explicó el Consejo de Estado, una reforma legislativa de 2011 incluyó a las sociedades portuarias como nuevos vigilados y, por ende, responsables del pago de la tasa, y "determinó que estos no solo contribuirían con el financiamiento de gastos de funcionamiento de la entidad, también los de inversión, lo que imponía un tope máximo para el cobro de 0,1% de los ingresos brutos del contribuyente". El cobro se obtenía dividiendo los costos de funcionamiento por los ingresos brutos del vigilado, sin exceder el tope de 0,1% de los ingresos brutos obtenidos por el contribuyente en la respectiva vigencia.

Bajo esa fórmula se calculó el saldo de Avianca, sin embargo, la Corte Constitucional declaró inexequible la fórmula para los nuevos vigilados en 2015, por lo que la empresa consideró que se habían donado sus derechos.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la nulidad del cobro, por lo que la Supertransporte apeló la decisión. El Consejo de Estado, entonces, confirmó la decisión y declaró que Avianca no debe pagar la tasa impuesta por la Supetransporte.

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