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  • Diego Alejandro Ospina Henao

martes, 27 de septiembre de 2022

La Sección Quinta consideró que no hubo irregularidades en la entrevista y que Alexander Vega acreditó la experiencia necesaria

La Sección Quinta del Consejo de Estado negó una demanda de nulidad contra la elección del registrador nacional, Alexander Vega Rocha, por considerar que no hubo irregularidades en el proceso de entrevista que afectaran su validez.

Los principales argumentos de la demanda fueron que la entrevista en el proceso se realizó en un espacio restringido al público, no hubo registro de las preguntas o sustento de su calificación, no se publicaron los instrumentos de control de los entrevistadores, no hubo transmisión en vivo o medios de comunicación, y no se promediaron las calificaciones de todos los aspirantes.

Frente a esos planteamientos, la sentencia dice que "los presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado, quienes adelantaron el concurso de méritos, cumplieron con los parámetros fijados en el reglamento del concurso y, además, con los términos de la Ley 1134 del 2007". Además, resaltaron que la entrevista era de carácter privado, por lo que no se vulneraron los principios de publicidad y transparencia.

Además, la sección Quinta reiteró que el registrador sí acreditó los 15 años de experiencia profesional exigidos para el ejercicio del cargo, desestimando así las solicitudes de excluir las declaraciones extrajuicio que presentó el funcionario.

A pesar de ello, el alto tribunal exhortó a los organizadores a que, en el próximo concurso, "determinen el registro de algún soporte, documento, grabación o archivo, que recoja el desarrollo de la entrevista como parte integrante de la fase de selección".

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