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Judicial

El Consejo de Estado ratificó que Procuraduría no puede sancionar a cargos populares

El máximo juez de la administración pública reiteró que el Ministerio Público no puede sancionar a funcionarios electos por voto popular

20 de noviembre de 2024

Carlos Jaramillo Palacio


Consejo de Estado
Colprensa
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En las últimas horas, el Consejo de Estado volvió a pronunciarse sobre si la Procuraduría es competente para sancionar a los funcionarios electos por voto popular. La Sección Segunda ratificó que el Ministerio Público no puede hacerlo.

Dicha decisión quedó en firme mediante una sentencia que revocó una sanción impuesta por ese organismo al exalcalde de Flandes (Tolima), Telésforo Bernal Velásquez, pues el tribunal explicó que solo un juez penal puede quitar derechos políticos.

Todo se remonta a un fallo del 30 de octubre de 2024, cuando esta sección conceptuó que al momento de revisar la legalidad de las sanciones disciplinarias impuestas por el Ministerio Público “resulta imperativo incluir en este análisis un concepto de derecho internacional de obligatoria aplicabilidad: el principio de control de convencionalidad, creado y defendido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

“Solo un juez penal puede restringir derechos políticos, como los derivados de la destitución e inhabilidad mediante una sentencia condenatoria. En este sentido, la Procuraduría, al ser un órgano administrativo, excedió sus facultades al imponer dichas sanciones”, afirmó el documento.

La sentencia argumentó que la Procuraduría carecía de competencia para imponer este tipo de sanciones a funcionarios elegidos por voto popular, basándose en el principio de control de convencionalidad, un concepto de derecho internacional defendido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El fallo del Consejo de Estado se apoyó en precedentes de la Corte IDH específicamente en los casos López Mendoza vs. Venezuela y Petro Urrego vs. Colombia.

La sanción contra Bernal Velásquez se impuso por presuntas irregularidades en tres procesos de contratación durante su alcaldía, relacionados con servicios de transporte escolar.

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