Camilo Gómez Alzate Director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado

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jueves, 23 de septiembre de 2021

El fraude consistía en la simulación de ventas a favor de comercializadoras internacionales y en la compra simulada a proveedores inexistentes

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) junto a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, anunciaron dos fallos en materia de reparación integral relacionados con el cartel de devoluciones del IVA.

El Estado se presentó como víctima en el caso y ejerció acciones penales para la reparación integral por los daños que sufrió de solicitudes fraudulentas de devolución del IVA, que fueron presentadas por empresas ficticias entre 2008 y 2012.

Según las entidades, el fraude consistía en la simulación de ventas a favor de comercializadoras internacionales y en la compra simulada a proveedores inexistentes, concurriendo en la apropiación indebida de recursos pertenecientes al Estado. Asimismo, todas las solicitudes se encontraban respaldadas con pólizas de cumplimiento de disposiciones legales contratadas por las organizaciones criminales, lo que permitió que el Estado exigiese el pago de los perjuicios ocasionados.

Esto se logró gracias a que el Código de Procedimiento Penal creó un proceso especial llamado incidente de reparación integral, que permite conceder a la víctima la posibilidad de reclamar el pago de perjuicios derivados de conductas delictivas.

“Las entidades trabajando coordinada y conjuntamente lograron recuperar más de $12.000 millones que estaban embolatados por cuenta de la empresa criminal que se robó la plata del IVA, del impuesto de los colombianos”, aseguró Camilo Gómez Álzate, director de la Agencia Nacional de a defensa Jurídica del Estado. Además, según Gómez, este es un precedente que sirve para muchos otros casos, ya que la Corte Suprema de Justicia ha determinado que quien comete esos delitos acaba pagando la reparación del Estado.

Para Liliana Forero, directora Jurídica de la Dian, esta sentencia no tiene precedentes, ya que logra el resarcimiento de los prejuicios ocasionados con todas estas solicitudes fraudulentas. “Algunas aseguradoras han solicitado la complementación de estos fallos, pero en ningún caso podemos entender esto como un recurso adicional”, sentenció.

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