martes, 25 de junio de 2013
Al margen de la discusión acerca de si se está de acuerdo o no con la unión entre personas del mismo sexo, en Colombia el asunto se debe entender como una realidad, con ocasión de la sentencia C-577 del 26 de julio de 2011, mediante la cual Corte Constitucional declara la exequibilidad del artículo 113 del Código Civil que define el matrimonio y exhorta al Congreso de la República a legislar de manera sistemática y organizada sobre los derechos de las parejas del mismo sexo.
Llegada la hora cero establecida por la Corte, y ante el hundimiento del proyecto de ley que buscaba establecer el matrimonio igualitario, le correspondió a jueces y notarios conocer de dichas solicitudes, sin que a la fecha se tenga conocimiento de la formalización de algún vínculo de dicha naturaleza.
Ahora bien, frente a si los jueces y notarios “pueden” o “deben” llevar a cabo estos actos jurídicos han surgido posiciones como la objeción de conciencia, argumento con base en el cual dichos funcionarios por cuenta de sus creencias podrían apartarse de tramitar dichas solicitudes. La Corte Constitucional en sus últimos pronunciamientos ha sido clara al señalar que los jueces enfrentados a estas situaciones no pueden, so pretexto de la objeción de conciencia, declararse impedidos, toda vez que dicha declaración se constituiría en una clara denegación de justicia por parte de los operadores judiciales. Se sustenta lo anterior, en que tal como lo ordena la Constitución Política no pueden prevalecer los derechos particulares sobre el interés general, de lo que se concluye que tanto notarios como jueces “deben” realizar dichos actos.
Por otra parte, el Ministerio Público ha expresado y así lo ha comunicado, que los jueces y notarios si pueden argumentar objeción de conciencia cuando se les presenten casos de uniones de parejas del mismo sexo, si estiman que al formalizar y solemnizar estas uniones violentan su conciencia, llamado que se extendió a las autoridades públicas para que respeten el ejercicio de este derecho, todo lo cual nos haría pensar que los notarios y jueces no “deben” sino que “pueden” realizar estos actos jurídicos. En lo de su resorte, la Unión Colegiada de Notarios, ha comunicado que todos los notarios del país aplicarán la figura de formalización y solemnización del vínculo contractual y que en ningún caso habrá objeción de conciencia como rechazo al cumplimiento del fallo judicial por ser contrario a sus creencias, lo que nos lleva a creer entonces que los notarios “deben” realizar estos actos, máxime cuando el Superintendente de Notariado y Registro ha manifestado que si hay objeción de conciencia, habría lugar a una falta disciplinaria.
Así las cosas, llegada la fecha de la implementación de una institución llamada a proteger los derechos de estas comunidades, no es sencillo el panorama, ya que si bien es claro que, matrimonio entre personas del mismo sexo no puede haber, así los miembros de dichas comunidades no lo acepten, ni por vía judicial ni por vía notarial, el Ministerio Público ha invitado tanto a jueces como notarios ha negarse a cursar las mismas sobre la base de la objeción de conciencia, la Unión Colegiada de Notarios ha comunicado que cumplirá con el fallo y no habrá objeción de conciencia, objeción que ha sido proscrita por el Superintendente sobre la base de estar incursos en falta disciplinaria.
En este orden de ideas no hay claridad en cuanto a si para los notarios y jueces es mandatorio o potestativo llevar a cabo la formalización y solemnización del vínculo contractual. Por mi parte debo entender que el querer de la Corte Constitucional fue la formalización y solemnización del vínculo contractual entre personas del mismo sexo y por tanto debe dársele cumplimiento al mismo.
Todo lo anterior no es mas que consecuencia directa no solo de la falta de claridad de la sentencia en comento, sino de la falta de compromiso del Congreso al dejar hundir un proyecto de ley que zanjaría de manera definitiva las controversias que en torno al tema se han suscitado en los últimos años.
En todo caso habrá que esperar para conocer el curso que tomará la implementación de esta nueva institución.
Así que Magistrados y Congresistas, a futuro, mas claridad y mas compromiso.
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