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miércoles, 3 de marzo de 2021

Los cascos de organizaciones extranjeras deberán cumplir con los protocolos para obtener las certificaciones exigidas en el país

El Ministerio de Transporte ha endurecido los controles de producción y comercialización de los cascos para motocicletas, ante los altos índices de accidentalidad que presenta Colombia en las calles y carreteras, donde los usuarios de motos ya representan 53,2% del total de fallecidos por este tipo de siniestros. Pero ¿hasta qué punto esas normas dificultan la actividad comercial?

Sergio Beltrán, abogado magíster en derecho público y especialista en tránsito y transporte, explicó que lo más reciente en el ámbito legal en materia de certificaciones de elementos para la conducción de motocicletas, motociclos, moto triciclos y cuatrimotos puede ser encontrado en la resolución 20203040023385 del 20 de noviembre de 2020, expedida por el MinTransporte.

Este nuevo dictamen busca compilar los conceptos de reglamentos técnicos contenidos en la norma NTC4533, con la cual se busca que todos los propietarios de motos porten su casco correspondiente. La no utilización del implemento de seguridad puede acarrear multas por 15 salarios mínimos mensuales vigentes y la inmovilización del vehículo.

Tanto las empresas nacionales como las importadoras de cascos para motocicletas deben tener en cuenta el proceso de certificación, el tiempo que puede tomar, además de las normas que se tratan de cumplir con el proceso. Es precisamente en este punto de la importación donde se están presentando algunos problemas.

La empresa Servimeters habló con Asuntos Legales sobre el punto de las certificaciones para cascos importados. El jefe de ventas de certificación de productos, José Richard Triana, explicó que Servimeters es una de las tantas organizaciones dedicadas a la certificación del producto pues está aprobada por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (Onac).

Triana afirmó que dicha certificación está enmarcada en la resolución 1080 del MinTransporte, la cual desde marzo de 2019 entró en vigor. “Este reglamento exige que todo casco comercializado en Colombia debe cumplir una conformidad de producto de acuerdo con el reglamento o las normas internacionales”, agregó.

En cuanto a las normas específicas que deben cumplir los productos, el directivo dijo que “en Colombia se especifican tres normas: DOT americana, ECE 2205 europea y la NTC 4533-2017 colombiana. Nosotros verificamos y evidenciamos la conformidad de los productos con el desarrollo de evidencia que garantiza su funcionalidad”.

Triana agregó que las empresas importadoras han manifestado cierto malestar al momento de ingresar con sus productos al país, ya que “no entienden” el por qué se realiza la certificación en territorio colombiano cuando han cumplido con todas las especificaciones en el país de origen. Para el directivo “se puede decir que es la forma adecuada y correcta para verificar la calidad del producto bajo las normas internacionales”.

El abogado Beltrán recordó que la importación de cascos, con su correspondiente entrada al país, está bajo la vigilancia de la Dian y la Superintendencia de industria y Comercio, que deberán velar por el cumplimiento técnico y el respaldo de los laboratorios certificados. Los productos deberán ser estudiados por los entes de control y, si cumplen con los requisitos, entrarán en la fase de nacionalización.

Un punto importante que deben tener en cuenta los productores y comercializadores de cascos es el proceso que se lleva a cabo para corroborar la idoneidad del elemento, tiempo que también ha sido tema de inconformismo. Triana, de Servimeters, afirmó que el proceso inicia con la solicitud del cliente y definición de los certificados, además de un tiempo para hacer reportes de ensayo. La información debe validarse de forma técnica y posteriormente iniciarán las técnicas de evaluación.

“Todo el proceso puede tardar de 4 a 5 semanas, entendiendo que no exista incumplimiento de acuerdo a la norma que impida con el proceso de continuación. El comité técnico es el evaluador que avala la certificación o la niega según los estudios realizados”, agregó.

Tras el proceso de certificación, la empresa deberá subir a una plataforma digital de la Superintendencia de Industria y Comercio los productos que han llevado a cabo con éxito el proceso. De este modo, las autoridades aduaneras y dentro del país podrán verificar que los productos sí cumplen con los requisitos necesarios para ser comercializados.

Finalmente, Beltrán recordó las entidades que deberán velar el cumplimiento de estas directrices. Al respecto, afirmó que el Ministerio de Transporte está encargado de la conceptualización de la norma, mientras que las entidades regulatorias son las Secretarías de Tránsito y la Policía Nacional.

El incumplimiento de una certificación atañe al importados o al fabricante local y las sanciones serán definidas por la Superintendencia de Industria y Comercio que, como primera medida, podrá optar por la incautación de los cascos que no cumplan con las reglas.

LOS CONTRASTES

  • José Richard TrianaJefe de ventas de Servimeters

    “Los importadores reportan que no entienden por qué deben certificar de nuevo los productos en Colombia si en el país de origen ya cumplieron con los requisitos”.

  • Sergio BeltránAbogado magíster en Derecho Público

    “Los comerciantes que no cumplan con los reglamentos técnicos de los cascos podrán acarrear responsabilidades a nivel penal y civil

Los laboratorios ubicados en empresas como Servimeters evalúan ciertas características especiales como la absorción de energía, estabilidad y retención. Otros elementos como el deslizamiento, resistencia, impacto, durabilidad del producto y rigidez de los cascos buscan que la fatalidad en las vías del país para los motociclistas pueda tener una disminución a lo largo de los años.

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