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martes, 1 de junio de 2021

A mediados de mayo se conoció que al menos 1.300 casos no están dentro del grupo de priorización del Plan Nacional de Vacunación

El Plan Nacional de Vacunación está atravesando por su tercera etapa de inmunización colectiva. Hasta la fecha, se han aplicado casi 10 millones de vacunas en todo el país, lo cual trata de hacerse respetando los turnos y prioridades de la ciudadanía según su edad, profesión y comorbilidades.

Pese a los esfuerzos del Gobierno Nacional por mantener el orden en la aplicación de las dosis, la Contraloría General de la Nación informó en abril que un total de 1.241 vacunados no hacían parte del grupo de personas priorizadas.

La información se obtuvo gracias a la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (Diari) de la entidad. Esta cifra sufrió un aumento para mediados de mayo, pues la entidad reportó que no hay información sobre qué entidad aplicó 1,3 millones de dosis, y si las unidades fueron destinadas a personas priorizadas dentro del plan. En la actualidad, hay 1.372 personas que se han vacunado sin ser población priorizada.

Con este panorama, es importante hacer un recuento de los problemas legales que podrían enfrentar diferentes IPS, además de otros prestadores de salud que sean encontrados culpables de no respetar el sistema de priorización. Jesús Albrey González, presidente de la firma González Páez Abogados y del Colegio de Abogados Médicos, explicó que en el marco del Plan Nacional de Vacunación puede haber varios tipos de irregularidades como la falta de oportunidad y los problemas con el agendamiento de la cita.

“Pero la principal irregularidad está relaciona con la priorización de la vacunación, pues muchas veces las dosis se aplican a personas que no están en las primeras fases de inmunización. El tema que más llama la atención es la transparencia en procesos de administración y aplicación de las vacunas”. Y es que el problema no radica en obviar la priorización, sino que en las bases de datos hay personas que están vacunadas dos veces o que, según la Registraduría, están fallecidos. Por estas razones, son varias las sanciones que se presentan por este tema.

Responsabilidad fiscal

Según González, las vacunas son bienes públicos y como tal son susceptibles de sufrir una mala gestión que pueda verse representada en el daño del interés público. “La no transparencia en la aplicación de las dosis representa un detrimento al patrimonio público, un menoscabo que puede tener una sanción patrimonial. La Contraloría debe revisar si hubo una mala administración de los bienes públicos, como, por ejemplo, aplicar la dosis a una persona no priorizada”.

El abogado añadió que el proceso inicia con la apertura de una investigación, seguido de una imputación o pliego de cargos. Como paso final, debe determinarse si, en efecto, existe responsabilidad fiscal o no. Este proceso puede llevarse a cabo tanto contra personas jurídicas como naturales.

Investigación administrativa

La segunda consideración legal a tener en cuenta es un proceso de investigación administrativa. “Desde el proceso administrativo sancionatorio que adelantan las Secretarías de Salud en el marco de sus competencias contras las IPS o entidades prestadoras de salud se pueden desarrollar investigaciones.

En ese orden de ideas, la responsabilidad a nivel administrativo podría acarrear multas hasta el cierre parcial o total de los servicios de la entidad investigada e imputada”, afirmó González.

Adicionalmente, una de las consecuencias por una mala gestión en el proceso de vacunación es la inhabilidad para ejercer cargos públicos en el sector salud por 15 años.

Consecuencias penales

Otra de las responsabilidades a nivel legal que deben encarar los prestadores de salud que sean encontrados culpables de una mala gestión durante el plan de vacunación es en materia legal. Las conductas investigadas podrían ser tipificadas como delitos dentro del Código Penal, dependiendo de cada caso en concreto.

González recordó que, por ejemplo, si una entidad reporta información falsa de índole ideológica o material sobre un documento público estaría incurriendo en un delito penal establecido en los artículos 286 y 287 del Código Penal. De esta manera, la entidad o funcionario podría enfrentar prisión y destitución.

LOS CONTRASTES

  • Carlos Felipe CórdobaContralor de la República

    “La Contraloría hará seguimiento y vigilancia a los recursos involucrados para establecer quién y cómo se hará la entrega de las dosis en medio del plan de vacunación”.

  • Jesús GonzálezPresidente de González Páez Abogados

    “La no transparencia en la aplicación de las dosis representa un detrimento al patrimonio público, un menoscabo que puede tener una sanción patrimonial”.

“Si una entidad reporta información falsa, podría ser catalogado como una falsedad ideológica o material sobre documento público. En ese sentido, las empresas del Estado que tengan fallas en el proceso de vacunación, serían investigadas por la Procuraduría bajo un control del proceso disciplinario”. La investigación podría generar, suspensión, destituciones o inhabilidades a funcionarios para ejercer cargos públicos hasta por 180 meses.

Del mismo modo, un servidor que expida un documento con información falsa podrá enfrentar penas privativas de la libertad establecidas entre 64 a 144 meses. Hasta el momento, los casos se encuentran en fase investigativa por parte de la Contraloría.

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