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Actualidad

Firma Comédica logró impedir el registro de Ecomédica ante la SIC

05 de marzo de 2015

Geraldine Romero


Canal de noticias de Asuntos Legales

La marca Ecomédica, que generó discusión entre las dos compañías, pretendía identificar  servicios médicos, medicina homeopática y natural junto con  tratamientos de higiene y belleza para el cuidado personal, asistencia  médica entre otros productos comprendidos en la clase 44 de la Clasificación Internacional de Niza.

El  pleito, entre estas dos sociedades, empezó cuando la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) negó en agosto de 2014 el registro de la marca al encontrar fuertes similitudes entre Ecomédica y Comédica. 

Frente a la decisión tomada por la entidad, la empresa Ciencia Salud presentó algunos argumentos en su defensa, entre estos, que la composición gráfica de su marca le daba la distinción  necesaria para no confundirse con el registro existente, pues  la partícula Eco evocaba a la medicina homeopática y ecológica.

La empresa solicitante estableció que el elemento predominante en su signo era la imagen de una flor que aludía a lo natural y añadió que el Despacho no podía desconocer esta diferencia junto con el prefijo Eco  el consumidor no se confundiría, pues tendría identificado el servicio prestado.

Ciencia Salud agregó  que la Sociedad Comédica no se identificaban en el mercado con alguna imagen que representara o evocara a la naturaleza, razón suficiente para descartar riesgo de asociación o confusión. 

La empresa solicitante dijo  que si, por alguna razón, el Despacho desestimaba el argumento, otra explicación válida era que no había conexión competitiva al encontrarse en diferentes segmentos del mercado  y que no estaban destinados para suplir las  mismas necesidades de los consumidores.  

Eduardo Varela, socio de Cavelier Abogados explicó que las marcas siempre tienen que analizarse en conjunto pero con especial énfasis en sus elementos distintivos. “Es evidente que ‘Médica’ es la parte común  en los signos cotejados, y que la diferencia podía estar en los prefijos ‘Eco’ y ‘Co’.

Varela agregó  que  desde hace  muchos  años la SIC ha tenido la opinión de que los servicios de comercialización de medicamentos de la Clase 35 guardan relación con los servicios médicos de la Clase 44.

“La razón de esto es que  las entidades prestadoras de salud también entregan medicamentos a sus usuarios. Esto resulta ser un error de confusión por causa del nombre de un servicio o producto médico que podría ser incluso fatal para la salud de un paciente”, concluyó.

Respecto a los sustentos dados por Ciencia y Salud, la SIC expresó que con base a las reglas jurisprudenciales expuestas, la dirección considero que el signo solicitado para registrar  era similar y por lo tanto, confuso con las marca opositoras del signo  Comédica.

Por  otro lado, la entidad  advirtió que las marcas en conflicto compartían el término evocativo Médica y por lo tanto, se podrían confundir en el mercado, por  generar un impacto sonoro muy similar.

La Superintendencia finalizó argumentando que los servicios ofrecidos por los signos confrontados se complementaban de forma directa y que el consumidor no estaría en condiciones de diferenciar las marcas y asociarlas con un origen empresarial determinado en caso de coexistencia.

Las opiniones

Eduardo Varela
Socio de Cavelier Abogados

“Es evidente que “Médica” es la parte común en los signos cotejados y que la diferencia podía estar en los prefijos ‘Eco’ y ‘Co’, pero éstos solamente tienen una letra de diferencia y es difícil tomar una decisión distinta a la adoptada por la SIC.”

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