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  • Diego Alejandro Ospina Henao

miércoles, 21 de septiembre de 2022

Cuando no hay mutuo acuerdo o separación de cuerpos, la norma establece siete causales válidas para solicitar el divorcio

La Cámara de Representantes aprobó en segundo debate del proyecto de ley que permite que permite el divorcio unilateral, es decir, sin necesitar del consentimiento de una de las partes. “Cómo así que estamos en el siglo XXI propiciando la esclavitud marital, eso no tiene sentido, eso no es aceptable, eso no lo podemos permitirme tolerar”, afirmó el representante José Octavio Cardona.

La norma colombiana en materia de divorcios contempla tres escenarios: cuando hay mutuo acuerdo; cuando hay separación de cuerpos, de hecho o judicial, mayor a dos años; y cuando solo una de las partes quiere divorciarse por una de las causales establecidas por la legislación como válidas.

La jurisprudencia considera, fuera del mutuo acuerdo y la separación de cuerpos, otras siete causales de divorcio, contenidas en el Artículo 154 del Código Civil, y son: relaciones sexuales extramatrimoniales; grave e injustificado incumplimiento de los deberes de esposos y padres; maltrato físico o mental; embriaguez habitual; uso habitual de alucinógenos o estupefacientes; enfermedad incurable que ponga en peligro la salud del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial; actos tendientes a corromper o pervertir algún miembro de la familia.

Por esto, el proyecto busca que cualquiera de las partes pueda pedir el divorcio simplemente porque quiere, sin necesidad de apelar a las causales establecidas en la norma cuando no hay un mutuo acuerdo. La iniciativa, ahora, deberá superar el debate en la Comisión Primera del Senado para, posteriormente, ir a plenaria.

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