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  • Ximena González

jueves, 10 de agosto de 2017

Los Ministerios de Justicia, Agricultura y Salud expidieron las tres resoluciones para uso de marihuana medicinal.

El Gobierno Nacional, en cabeza de los ministerios de Justicia, Agricultura y Salud, expidió tres resoluciones sobre el uso médico y científico en el país del cannabis y sus derivados.

Una de dichas resoluciones es la 577 del Ministerio de Justicia y del Derecho, la cual regula técnicamente la evaluación y seguimiento a las licencias que otorga la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes para el uso de semillas para siembra y el cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo.

La segunda resolución, tal como lo indica un comunicado emitido por el Minjusticia, es la 578, y que establece el manual de tarifas correspondientes a los servicios de evaluación y seguimiento que deben pagar las personas naturales y jurídicas solicitantes de las licencias que otorga la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes.

Entre tanto, la tercera resolución, la 579 de los ministerios de Justicia, Agricultura y Salud, define como pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores nacionales de cannabis medicinal a las personas naturales cuya área total de cultivo de la planta no supere las 0,5 hectáreas, es decir, 5.000 metros cuadrados.

Así mismo, esta última también establece el mecanismo de verificación para dicha condición y por qué podría perderse la misma.

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