Gobierno presentó decreto sobre sistema de salud donde prioriza la atención primaria
Esta modificación se centra en el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, con el fin de asegurar el acceso a servicios de promoción, protección y recuperación de la salud
28 de abril de 2025
El Gobierno Nacional presentó un decreto para transformar el sistema de salud, obligando a las EPS a ajustarse a redes territoriales y priorizando la atención primaria como eje central. Se busca mayor fiscalización por parte del Estado y reducir la intermediación en el sector
A través del Ministerio de Salud y Protección Social, se emitió un nuevo decreto que reemplaza parte del Decreto 780 de 2016. Esta modificación se centra en el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, con el fin de asegurar el acceso a servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
El decreto, que lleva la firma del Presidente de la República, se fundamenta en las facultades constitucionales y legales, incluyendo la Ley 1751 de 2015, que establece el derecho fundamental a la salud.
De acuerdo con esta ley, el Estado tiene la responsabilidad de implementar políticas que garanticen igualdad de trato y oportunidades en el acceso a actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación. Además, se considera que la prestación de estos servicios es un servicio público esencial, bajo la supervisión y control del Estado.
Entre las responsabilidades del Estado que se destacan en el decreto, se incluyen la formulación de políticas que aseguren el ejercicio efectivo del derecho a la salud, la promoción de acciones tanto colectivas como individuales para prevenir enfermedades, y el monitoreo constante de las condiciones de salud de la población.
También se mencionan principios fundamentales como la universalidad, equidad, continuidad y oportunidad.
Principales cambios
Los prestadores de servicios de salud recibirán, como mínimo, 90% del valor de la UPC, Unidad de Pago por Capitación, establecido en la Liquidación Mensual de Afiliados. Lo que significa que ahora se dará un giro directo al régimen subsidiado.
Si no se cumple con la normativa de patrimonio adecuado, el giro no podrá ser inferior a 90% del valor de la UPC. Para entidades bajo vigilancia especial, intervención administrativa o en proceso de liquidación, se reconocerá el 90% de la UPC correspondiente.
En casos de giro directo por decisión voluntaria, también se aplicará un mínimo de 90% del valor de la UPC reconocida.
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