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Actualidad

Gustavo Petro continuará en su cargo

17 de marzo de 2015

El Colombiano


Asuntos Legales
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La Sala Plena del Alto Tribunal negó un recurso de súplica que fue radicado por la Procuraduría cuestionando la decisión inicial del magistrado de la Sección Segunda del Consejo de Estado, Gerardo Arenas, quien afirmaba que el Ministerio Público no había podido demostrar el dolo en la actuación de Petro en el caso del cambio del modelo de aseo de Bogotá.

En dicho recurso el Ministerio Público aseguraba que el magistrado Arenas había incurrió en un prejuzgamiento y que es evidente que “ya se ha tomado por el magistrado sustanciador del proceso jurisdiccional una postura definitiva que quebranta los principios de igualdad y debido proceso para la entidad por mí representada”.

No obstante, la Sala Plena no acogió los argumentos de la Procuraduría,  por lo que,  Petro seguirá en el cargo mientras que se define de fondo la demanda de nulidad.

Cabe recordar que el magistrado Arenas concedió las medidas cautelares a Petro en mayo de 2014 por estimar que “no está suficientemente acreditado en los actos sancionatorios (de la Procuraduría) la existencia de dolo en las decisiones administrativas que tomó el Alcalde con respecto del servicio público de aseo”.

“Eso significa que la decisión de la Procuraduría, que destituye e inhabilita al Alcalde de Bogotá, no puede ejecutarse y queda en suspenso hasta que se produzca la sentencia definitiva en el proceso”, señaló en su momento el magistrado Arenas.

Arenas manifestó que esta decisión es de carácter independiente a la que deberá tomar en sede de tutela la Corte Suprema de Justicia, ya que este es el proceso principal y que determina la Ley para cuestionar decisiones de la Procuraduría.

Entre tanto, la sección quinta del Consejo de Estado negó la solicitud de nulidad electoral interpuesta del representante a la Cámara por Antioquia, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, quien fue elegido para el periodo 2014-2018.

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