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viernes, 26 de agosto de 2022

Carlos Godoy, socio de fundador de Godoy Córdoba, dio algunas puntadas sobre los efectos de la reforma laboral en las empresas

Los anuncios del Gobierno en materia laboral, sumados a los proyectos que modifican la jornada nocturna y la ley con la que, en todo caso, se reducirá la semana laboral a 42 horas, tiene a varias empresas haciendo cuentas. Carlos Godoy, socio fundador de Godoy Córdoba, dijo que esa última medida podría generar sobrecostos laborales de hasta 17% y explicó el impacto de las propuestas en la generación de empleo.

LOS CONTRASTES

  • Federico Bernal Socio de Godoy Córdoba

    "Hay muchos contratos que implican la prestación de servicios y no hay que cambiar la ley. Pensar que esto se pueda eliminar mediante la modificación de una reforma laboral no es posible".

¿La reforma tributaria impactará el mercado laboral?

Sin duda. El escenario en que necesitamos desarrollar la economía y solucionar los problemas del mercado laboral son las empresas. Si la reforma termina siendo tan fuerte con las empresas como está presentada, casi se podría decir que muchos proyectos empresariales hoy vigentes dejarían de tener sentido. Todo lo que pese sobre la estructura de costos de las empresas, de todos los tamaños, va a tener un impacto inevitable en la generación y la formalización de empleo.

¿Qué implicaciones podría tener para las empresas la modificación de la jornada laboral y los recargos, propuestos en varios proyectos de ley?

La reforma laboral que necesita el país debe tener tres condiciones: la primera, debe ser concertada; segunda, debe ser balanceada: y, finalmente, debe ser promotora del empleo formal. Afortunadamente, el Presidente llegó a un acuerdo con el sector empresarial para dejar el tema de reforma laboral para el próximo año, con lo cual se cumplen dos objetivos importantes: primero, se puede estudiar, discutir y construir la reforma; y segundo, vamos a tener para ese momento un panorama claro sobre el articulado.

Estamos hablando de un tema de economía laboral y en ese sentido existen tres disfuncionalidades. La primera es la informalidad laboral, más de la mitad de los trabajadores en Colombia está al margen del Sistema de Seguridad Social. En segundo lugar está el desempleo, que sigue siendo de un tamaño importante. Y, tercero, es el caos y la desconfianza que hay en el relacionamiento con las organizaciones sindicales. Esos son los tres puntos que hay que abordar para construir legalmente el país. Si vamos a volver a los recargos nocturnos desde las 6:00 p.m. hay que mirar cómo asimilan ese cambio las empresas según su tamaño, tal vez las grandes lo puedan hacer y lo logren administrar. Pero la gran pregunta es: ¿Qué van a hacer las MiPyme que son la parte más grande del tejido empresarial?

Tenemos, por un lado las propuestas de modificación de la jornada laboral nocturna y, por el otro, la reducción a las 42 horas semanales, ¿cuál puede ser el impacto de esto en conjunto para el sector empresarial?
El riesgo es en las MiPyme. Según las estadísticas, estas empresas tienen entre uno y tres trabajadores. La reducción de la jornada a 42 horas, de manera simple, implicaría un sobrecosto laboral de 17%.

¿Debería haber un régimen laboral diferenciado según el tamaño de las empresas o uno especial para el sector agropecuario y las zonas rurales?

Sí, debe haber un régimen para el sector rural. Uno de los temas que hay en discusión es la posibilidad de ganar y aportar en función de las horas que se trabaja, en el campo eso es muy frecuente, sobre todo en los minifundios, se necesita alguien que corte u ordeñe por dos o tres horas, no hay necesidad de hacer un contrato de ocho horas. En un sistema bien construido esa persona debe tener garantías de protección social proporcionales al número de horas trabajadas.

¿El piso mínimo de protección social no apunta a eso?

Sí, pero hay que revisarlo, porque el piso mínimo de protección social, como está planteado, es subsidiario, es para cubrir a los que no pueden aportar.

¿Cuál sería el futuro de los pactos colectivos con los anuncios que ha hecho el Gobierno hasta el momento?

El pacto colectivo es una opción que la ley colombiana da para hacer negociaciones y acuerdos con los trabajadores que no pertenecen a un sindicato. Es un proceso de negociación igual al que se hace con los sindicatos, pero en este caso los trabajadores nombran sus representantes, que se sientan con los de la empresa y construyen un pacto. La ministra aseguró que los pactos colectivos eran inconstitucionales y eso no es cierto, porque la opción es parte del derecho de negociación colectiva, la negociación no es un privilegio solo de los sindicatos, también pueden negociar los trabajadores no sindicalizados.

La ministra de Trabajo anunció la intención de acabar gradualmente con los contratos de prestación de servicios, ¿es viable esta propuesta?

En Colombia hay contratos de prestación de servicios de verdad y de mentira, siendo estos últimos los que se usan para disfrazar contratos que deberían ser de trabajo. El mayor utilizador de contratos de prestación de servicios de mentiras es el Estado, en las llamadas nóminas paralelas.
Puede que, cuando el Estado haga la depuración, se dé cuenta de que la mayor parte de los que hoy no están en la nómina, sí deberían tener contrato de trabajo, y automáticamente tendrán que entrar a mirar el costo que sobreviene a nivel de seguridad social de prestaciones.

Estamos adportas de la discusión del salario mínimo, ¿esa fórmula de negociación sigue funcionando?

Se requiere concertación, incluyendo quienes no tienen trabajo formal. Acá lo que necesitamos, más que un tira y afloje, es pensar que no tiene sentido que el mínimo sea el mismo en todos los sectores, hay que pensar en un mínimo diferenciado.

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