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Judicial

Indican que la nueva ley aduanera reduciría el riesgo financiero empresarial

Uno de los principales cambios consiste en la reducción significativa de las conductas sancionables, que pasarán de 358 a cerca de 235 infracciones

22 de junio de 2026

Lucas Martínez


Congreso de Colombia
Colprensa
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Debido a la aprobación del nuevo Régimen Sancionatorio Aduanero por parte del Congreso, las empresas colombianas podrían enfrentar un menor riesgo financiero en sus operaciones de comercio exterior. La reforma, que ahora espera la firma presidencial para entrar en vigor, busca modernizar el esquema aduanero del país, promover el cumplimiento voluntario y ofrecer mayor seguridad jurídica a importadores y exportadores.

Uno de los principales cambios consiste en la reducción significativa de las conductas sancionables, que pasarán de 358 a cerca de 235 infracciones. Según María Paula Sánchez Niño, socia de Aduanas de Posse Herrera Ruiz, el nuevo marco normativo prioriza la esencia de las operaciones comerciales sobre los formalismos documentales, lo que representa un alivio para las compañías que participan en el comercio internacional.

La legislación también incorpora mecanismos que permiten corregir inconsistencias documentales sin que se generen sanciones económicas, siempre que la corrección se realice antes de una intervención de la autoridad aduanera. Además, la primera falta leve cometida por un operador dentro de un periodo de tres años podrá quedar exenta de multa si la situación es subsanada oportunamente.

Otro de los aspectos destacados de la reforma es el fortalecimiento del principio de debida diligencia empresarial. El nuevo régimen reconoce que las compañías podrán exonerarse de responsabilidad cuando logren demostrar que implementaron todas las medidas razonables de control y prevención, y que la infracción obedeció a circunstancias externas que no pudieron evitar.

La norma también flexibiliza el tratamiento de errores relacionados con seriales o descripciones incompletas de mercancías. En estos casos, las empresas dispondrán de 30 días hábiles para corregir las inconsistencias detectadas. De no hacerlo dentro de ese plazo, se aplicará una sanción equivalente a 15% del valor FOB de la mercancía. Asimismo, se establecen límites a las multas, que en algunos casos no podrán superar 40% de los ingresos brutos obtenidos por el infractor durante el año gravable anterior, mientras que las sanciones por no entregar mercancía objeto de aprehensión se reducen de 200% a 100%.

Sobre el alcance de la reforma, Sánchez Niño señaló: “el nuevo régimen refuerza principios como la proporcionalidad, la lesividad y la prevalencia de lo sustancial sobre lo formal. Es un avance importante, aunque los operadores deberán revisar sus procedimientos internos, matrices de riesgo y controles documentales para aprovechar los beneficios del nuevo esquema”. La experta señaló que, aunque el cambio normativo disminuye la exposición financiera de las empresas, también exige una actualización de sus protocolos de cumplimiento para adaptarse a un entorno regulatorio que seguirá vigilando de cerca las operaciones de comercio exterior.

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