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  • Dajibys Martínez Anaya

miércoles, 20 de mayo de 2015

La sanción de inhabilidad para ejercer el comercio por 10 años, se tomó luego de que las autoridades de control probaran cargos como malversación de bienes, que cobra relevancia ante la precariedad económica que afrontaba la compañía, actos que perjudicaron la posibilidad de pago de los acreedores y confluyó a la insuficiencia de bienes con que cubrir el total de los créditos adeudados. Así como el incumplimiento con la obligación de hacer entrega de la contabilidad y presentar su respectiva rendición de cuentas de gestión.

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