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  • Natalia Arteaga

miércoles, 26 de marzo de 2014

A Interoc S.A. le fue negada en segunda instancia, en octubre de 2013, la solicitud hecha ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, para registrar su marca nominativa ‘Merak - Interoc Custer’ con la que pretendía identificar productos insecticidas para tratamiento de semillas, acaricidas y fungicidas de la clase 5 de la clasificación internacional de Niza.

En la misma categoría está registrada desde 2006, la marca Merck de la organización Merck Kgaa, organización farmacéutica que presentó oposición ante la intención de registro de la firma de agricultura en 2012.

Merck Kgaa, que hizo uso del recurso de oposición para impedir que su contendor en términos marcarios pudiera sacar provecho con un signo similar de su trayectoria y reconocimiento en Colombia, alegó notoriedad en el mercado nacional y como prueba de ello, presentó un reporte con ingresos operacionales que comprendía información desde 2006 hasta 2012, en donde detalló porcentajes y resultados de ventas por la comercialización de sus productos en las diferentes sedes y divisiones.

En 2006, la firma alemana tuvo ingresos operacionales superiores a $138.000 millones. Para 2007, la cifra aumentó y quedó en $155.251 millones; en 2008, el comportamiento fue mejor y su crecimiento en el mercado continuó con $209.857 millones.

Las mejores cifras registradas de la marca se vieron en 2009 con un monto por encima de $320.000 millones. En 2010 y 2011, sus ingresos estuvieron por encima de $278.000 millones; y del primero de enero al 31 de agosto de 2012, la organización ya acumulaba $179.582 millones.

Según los opositores, la entrada al mercado de un registro marcario con similitudes sonoras pondría en juego la consolidación que ya había conseguido entre el público al que le entraría a apostar Interoc S.A., con los nuevos insecticidas.

Según explica el expediente de la SIC, la entidad hizo la negación porque encontró infundadas las razones de la farmacéutica europea; y apreciando las cifras mencionadas anteriormente se encontraron cuantiosas y significativas evidencias de la masiva utilización que los colombianos hacen de los medicamentos y demás, producidos por el laboratorio registrado desde 2006.

Otra cifra de ‘peso’ en la decisión de negación en primera y segunda instancia por la SIC ante la solicitud de la empresa de agricultura con sede matriz en Quito, Ecuador, estuvo en los reportes de inversión en publicidad.

Durante seis años, la organización destinó más de $55.000 millones en campañas que les permitieran consolidarse en la memoria de sus clientes y por supuesto en el mercado nacional.

Para Juan Carlos Martínez, docente de propiedad intelectual de la Universidad de la Sabana, al haber Merck demostrado que es titular de una marca notoria tiene derecho a obtener una protección especial por parte del órgano público.

De las cosas más complicadas según el experto es que ambas marcas quedarían registradas en la misma clase de Niza, lo que agudizaría el riesgo de confusión en los clientes que en entrarían a competirse.

“Haber amparado el registro de una marca con similitudes sonoras en la misma categoría en la que ya se encuentra Merck, sería poner en riesgo la imagen y calidad conquistados por la marca de origen alemán, en caso de que los usuarios no distinguieran la procedencia industrial”. Martínez, aseguró que ambas palabras para identificar los signos tienen un número idéntico de letras y al pronunciarlo, sonoramente es parecido y se presta para confusiones.

En esta opinión, Martínez coincide con Laura Rojas, abogada experta en marcas, patentes y competencia desleal, quien asegura que el acercamiento entre ambos logos da para iniciar un pleito, sin embargo, la experta señala que una competencia de este tipo hace aún más notoria a una marca que ya está en el mercado, y no cree en que los clientes se confundan con facilidad.

Las opiniones

Juan Carlos Martínez
Docente de propiedad intelectual de la Universidad de La Sabana

“En ambas palabras utilizadas para identificar los signos, hay un número idéntico de letras y al pronunciarlo, sonoramente es muy parecido y esto se prestaría para confusiones entre los clientes. Esto podría ocasionar problemas de imagen a Merck”.

Laura Rojas
Abogada experta en marcas y patentes

“La coincidencia sonora y en número de letras, se presta para iniciar un pleito marcario, pero personalmente creo que este tipo de nuevos registros le da más notoriedad a la marca reconocida en el mercado. En mi opinión los clientes no se confundirían”.

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