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  • José González Bell

lunes, 21 de enero de 2019

La Sala de Reconocimiento, a través del auto 02 de 2019, estableció que estas versiones tendrán dos dimensiones: la individual y la colectiva.

La magistrada de la Sala de Reconocimiento y Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Julieta Lemaitre, anunció que el tribunal ordenó versión voluntaria de los 31 miembros del estado mayor de las extintas FARC-EP, en el marco del caso 001.

“La JEP ordenó a los 31 miembros del Estado Mayor de las extintas Farc-EP rendir versión voluntaria en el marco del Caso 001, basado en el informe de la Fiscalía General de la Nación denominado ‘Retención ilegal de personas por parte de las Farc-EP’”, señaló la magistrada.

Lemaitre manifestó que estas versiones voluntarias “se practican a partir de un temario estricto, definido previamente por la Sala y con base en los informes recibidos y el contexto de los casos”.

El artículo 27a de la Ley 1922 establece que la versión voluntaria se practica en presencia del compareciente y su defensor. Esta versión tiene como propósito el acopio de información para contribuir a la búsqueda de la verdad.
En ese sentido, la Sala de Reconocimiento, a través del auto 02 de 2019,
estableció que estas versiones tendrán dos dimensiones: la individual y la
colectiva.

En la dimensión individual de la versión, la Sala requiere la verdad plena de
cada compareciente sobre su participación directa o no, en la planeación y
ejecución de los hechos y conductas relatados en los informes del Caso 001. En este sentido, la comparecencia a la versión voluntaria en su dimensión individual es personal, indelegable y obligatoria.

En la dimensión colectiva los comparecientes deben aportar verdad plena sobre los hechos y conductas del Caso 001, pero no los del individuo en cuanto tal, sino los de la antigua guerrilla de las Farc-EP. La versión voluntaria, en su dimensión colectiva, debe relatar de manera exhaustiva y detallada los hechos y conductas y las circunstancias de su comisión.

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