Judicatura fija nuevas reglas para evitar aplazamientos injustificados de audiencias
La medida busca evitar cancelaciones, devoluciones y nuevos repartos sin justificación, y establece tiempos específicos para reprogramar las diligencias y hacer seguimiento a los casos
19 de agosto de 2026
El Consejo Superior de la Judicatura estableció nuevas reglas para el trámite de las audiencias de control de garantías en todo el país, con el objetivo de evitar cancelaciones, aplazamientos o devoluciones sin una justificación clara. La decisión responde a una orden de la Corte Suprema de Justicia, que pidió establecer una reglamentación para los juzgados de control de garantías.
Uno de los principales cambios es que una audiencia que no se realice ya no podrá generar automáticamente un nuevo reparto del caso. Cuando la diligencia fracase por la inasistencia del solicitante, el desistimiento, la ausencia de una persona indispensable o una causa no justificada, el juez deberá dejar una constancia sobre lo ocurrido. Solo después de esta verificación podrá efectuarse un nuevo reparto.
Las devoluciones de solicitudes también estarán restringidas a circunstancias excepcionales, como fuerza mayor, caso fortuito, impedimentos legales o imposibilidad material debidamente sustentada. El juez deberá registrar la razón por la que no pudo realizarse la audiencia y entregar los soportes correspondientes, como máximo, el día hábil siguiente.
Además, si se presentan inconsistencias, falta de soportes o devoluciones injustificadas de manera reiterada, el caso deberá ser reportado al Consejo Seccional de la Judicatura.
Para las audiencias programadas, el juez contará con 15 minutos para verificar la asistencia de las personas que deban participar. Si es necesario reprogramar la diligencia, la nueva fecha deberá fijarse, por regla general, dentro de los cinco días hábiles siguientes, salvo que exista un término legal menor o una situación urgente que obligue a realizarla antes.
En las audiencias inmediatas, que requieren atención prioritaria por la cercanía de los términos legales, el reparto funcionará los siete días de la semana. En estos casos, el juez podrá esperar hasta 30 minutos para comprobar la comparecencia de quienes sean indispensables. La ausencia de otros intervinientes, como la Fiscalía, la víctima o el Ministerio Público, no impedirá la diligencia cuando hayan sido citados oportunamente y la ley no exija expresamente su presencia.
Otra de las reglas establece que, si una audiencia no se realiza y posteriormente vuelve a solicitarse, deberá regresar al juzgado que conoció inicialmente el caso, siempre que este continúe disponible y pueda atender la solicitud de manera oportuna.
Finalmente, se implementará un mecanismo de seguimiento para que los despachos registren qué audiencias se realizaron, cuáles no, las razones de su suspensión o cancelación y qué ocurrió posteriormente con cada solicitud. Esto permitirá identificar posibles fallas y hacer seguimiento a la gestión de los juzgados.
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