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  • Diego Alejandro Ospina Henao

viernes, 14 de octubre de 2022

La entidad recalcó al Icbf y a la Registraduría que no sometan a las familias homoparentales a generar trámites innecesarios

La Corte Constitucional hizo una llamada de atención a las entidades públicas como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) y a la Registraduría, para que no pongan a hacer trámites innecesarios, a familias homoparentales, en la expedición del registro civil de nacimiento, para el acceso a la educación. Según la Corte, este hecho resulta discriminatorio para la comunidad.

Este pronunciamiento se dio debido a la situación que se presentó en un colegio público de Bogotá. La institución educativa no reconoció a la madre del menor, la cual tenía una excompañera sentimental, como representante legal del niño al cual querían inscribir. Ya que, supuestamente, en el registro solo sale su antigua conyugue como la responsable del menor. El colegio ya tenía en su conocimiento las dificultades que presentaba la madre para el registro de su hijo.

La madre presentó la debida documentación en la cual se esclarece que ella es la representante legal de su hijo, pero la institución educativa le exigió pruebas y autentificación de los papeles. Por otro lado, no se le permitió conocer el procesos educativo y psicológico del menor, ni tuvo el acceso a la plataforma de educación virtual.

Sin embargo, el fallo de la Corte decía que el colegio tenía 15 días para presentarle escusas a la madre afectada y recalcó que no puede volver a suceder estas conductas que hicieron que la mamá del niño interpusiera una Acción de Tutela. Por otro lado, hizo un llamado a la Secretaria de Educación de Bogotá, para que garantice el acceso a la educación.

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