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Legislación

La Corte Suprema sentenció a las AFP a indemnizar pensionados por falta de información

Las AFP deberán pagar una indemnización de una sola vez para reparar la oportunidad perdida de no haber podido pensionarse en Colpensiones con una mesada superior a la concedida en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad

15 de abril de 2026

David Gómez Goyeneche

dgomez@larepublica.com.co

Corte Suprema de Justicia
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La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema definió que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deben indemnizar a los pensionados que no fueron bien informados al momento de cambiarse de régimen pensional.

Por medio de las sentencias SL168, SL169, SL170, SL175 y SL177 de 2026, la Sala de la alta corte definió que cuando las AFP faltan al deber de información para el momento del traslado de régimen, tienen una responsabilidad previsional, distinta a la contractual y extracontractual, pues obedece a una forma legal y especial, orientada a preservar la integridad del sistema y la efectividad del derecho pensional, pues el daño principal que la Corte identifica es la violación al derecho de los ciudadanos de tomar decisiones conociendo todos los riesgos y beneficios de su pensión.

En ese orden de ideas, quienes ya están pensionados y, por ley, no pueden regresar al régimen de prima media de Colpensiones, podrían recibir una indemnización si el pensionado demuestra que hubo un daño real, y que la AFP actuó con culpa al no entregar la información de manera clara, veraz, completa y oportuna sobre las consecuencias de abandonar Colpensiones.

En tal caso, las AFP deberán pagar una indemnización de una sola vez para reparar la oportunidad perdida de no haber podido pensionarse en Colpensiones con una mesada superior a la concedida en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, Rais, por lo que la Corte creó una fórmula basada en tres pilares: qué tan probable era pensionarse, la diferencia de dinero entre regímenes y la expectativa de vida del afectado

El tiempo que la Corte indicó para demandar solo empieza a correr desde el momento en que el pensionado conoce exactamente cuánto dinero recibirá cada mes, además de que la Corte publicará un aplicativo en su página web para que jueces y pensionados afectados puedan calcular automáticamente el valor de estas indemnizaciones usando la nueva fórmula.

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