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Actualidad

La regla fiscal configura una política económica de Estado

21 de junio de 2013

Carlos Parra Dussan


Asuntos Legales
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El Acto Legislativo 3 de 2011 elevó a rango constitucional la sostenibilidad fiscal del Estado, buscando limitar su gasto dándole desarrollo legal con la Ley 1473, fijando la regla fiscal, como política de Estado.

Se trata de un ejercicio de reducción del poder discrecional en la toma de decisiones de política económica, expresado en instrumentos normativos con una clara función: generar una disciplina fiscal que garantice el cumplimiento, a largo plazo, de aquellos compromisos contraídos por el Estado como agente regulador de las condiciones del mercado. 
El control sobre la política fiscal de los gobiernos nacionales y locales ha sido una preocupación constante  en la legislación colombiana, pues no es éste el primer intento de reducción de la discrecionalidad en las decisiones económicas importantes. Ya en 1997, la Ley 358 restringió las posibilidades de endeudamiento  de las entidades territoriales, condicionándose a su capacidad de pago, entendida como la disponibilidad de recursos para atender obligaciones luego de haber cubierto gastos de funcionamiento y transferencias a otras entidades. 
Por su parte, la Ley 617 de 2000, planteó la preocupación por los excesivos gastos de funcionamiento en que venían incurriendo las entidades territoriales, fijando como límite la disponibilidad de recursos de libre destinación, debiendo respetar la proporción de gasto artículos 4º  y 6º, so pena de ser fusionadas con otras entidades, una vez calificada su inviabilidad económica artículo 19.
 En el año 2003, el Congreso de la República expidió la Ley 819, que creó la obligación para el Gobierno Nacional y local, de brindar información sobre los resultados macroeconómicos de la última vigencia fiscal y las proyecciones sobre las futuras, para efectos de asegurar niveles sostenibles de endeudamiento y financiación de los programas a  su cargo. En desarrollo de esta herramienta Marco Fiscal de Mediano Plazo, según el artículo 1º, las autoridades deben fijar para cada vigencia fiscal futura una meta de superávit primario, que será referente obligatorio para establecer el impacto fiscal, así como  la viabilidad económica de los proyectos de ley, ordenanza o acuerdo, que ordenen gasto u otorguen beneficios tributarios artículo 7º.
De otro lado, el Acto Legislativo 3 de 2011 modificó los artículos 334, 339 y 346 de la Constitución, dándole reconocimiento constitucional a la sostenibilidad fiscal, como derecho de los ciudadanos y deber de todas las autoridades  de ejercer control sobre los niveles de gasto y endeudamiento. 
Por último, se aprobó la Ley 1473 de 2011, que en su  artículo 5º define la Regla Fiscal como “El gasto estructural no podrá superar al ingreso estructural, en un monto que exceda la meta anual de balance estructural establecido”. Esta norma no ofrece las mejores garantías, pues al no haber establecido un tope numérico, se dejó abierta la posibilidad de un manejo discrecional del indicador, tampoco señaló sanciones en caso de incumplimiento, con lo que su adecuación es cada vez más discutible. 
En conclusión, la regla fiscal es una directriz de la política económica del Estado colombiano, existiendo  otros mecanismos de política económica que posibilitarían disminuir el déficit fiscal, sin poner en riesgo la garantía de los derechos fundamentales de la ciudadanía en nuestro modelo de Estado de Derecho con énfasis en lo Social.

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